Sanciones de hasta el 2.5 de sus ingresos a televisoras que transmitan contenidos no aptos para niños

Rita Magaña Torres

Los concesionarios de televisión que difundan contenidos inadecuados para los menores de edad se les impondrán multas desde 0.76 al 2.5 por ciento de sus ingresos, superiores a las sanciones actuales que van de 5 mil a 50 mil pesos.

Así lo señalaron el subsecretario de Normatividad y Medios de la Secretaría de Gobernación (Segob), Andrés Chao Ebergenyi, y el director de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), Amadeo Díaz Moguel, al reunirse con la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía del Senado.

Los funcionarios precisaron que estas nuevas directrices, salvaguardan el interés superior de la niñez.

Cuestionados sobre la nueva reglamentación que permitirá a menores de edad, tener acceso a programas no aptos para ellos con contenidos violentos, sexuales o hacen apología al narcotráfico, Chao Ebergenyi y Díaz Moguel se manifestaron satisfechos con la nueva reglamentación.

Además, afirmaron que cumple con el mandato de la Constitución y la ley de preservar los derechos primigenios de niñas y niños.

Chao Ebergenyi advirtió que actualmente no existen elementos ni herramientas para que la autoridad pueda establecer algún tipo de sanción o regulación de las nuevas plataformas que superan la tecnología.

Precisó que los últimos lineamientos en la materia se modificaron en 2002, “por mi parte daría la bienvenida a esas nuevas herramientas”.

Indicó que la Segob cumple con su obligación y con los nuevos lineamientos ganan, porque se tienen más herramientas para sancionar a las televisiones públicas, por ejemplo, una multa por violar los nuevos lineamientos puede ir de 0.76 hasta 2.5 por ciento de los ingresos de los concesionarios autorizados.

En tanto, Díaz Moguel precisó que a partir de un estudio del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se decidió establecer franjas horarias de programación, para distintas audiencias.

Mencionó que en la dependencia están convencidos de que las advertencias, incluidas en los programas restringidos, serán herramientas útiles para que los padres de familia decidan qué es conveniente para el público infantil.

Comentó que la transmisión de consumo de alcohol y tabaco sólo es ocasional, y siempre justificado por la trama o el contexto, de acuerdo a los lineamientos anteriores y los actuales.

En tanto, el presidente de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, Zoé Robledo, señaló que la sesión de trabajo se realizó de manera conjunta, como producto del interés de ambas cámaras por platicar y conocer las opiniones del subsecretario de Normatividad y Medios de la Segob.

La presidenta de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, Lía Limón García, subrayó que el procedimiento para la expedición de lineamientos fue conforme a los tiempos marcados en la ley, y que incluyó una consulta pública de 20 días.

Dijo estar de acuerdo en la necesidad de protección a la infancia, pero nunca ha creído en la sobreprotección del Estado, a costa de otros derechos, como la libertad de expresión.

“El principio de libertad de expresión establece que está sólo se puede restringir si hay una afectación directa y evidente, no así una mera consideración u opinión sobre el particular”, detalló.

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