La inteligencia artificial es, sin duda, un tema polémico. En Europa, parece que se han apresurado en regularla; por ejemplo, la Unión Europea (UE), a través de su AI Act (en vigor desde 2024), ha establecido un marco integral basado en niveles de riesgo, obligaciones para proveedores y personas usuarias, prohibiciones (como la manipulación subliminal), requisitos de transparencia (deepfakes) y sanciones elevadas. Además, la AI Liability avanza en materia de responsabilidad civil.
En el Reino Unido, el enfoque es “pro-innovación”, no codificado en una única ley, sino a través de lineamientos transversales dirigidos a reguladores sectoriales (ICO, CMA, FCA, entre otros). Se preparan códigos de práctica y “sandboxes” (espacios aislados y seguros donde se prueba software).
En Francia, Alemania, España, Italia, Países Bajos, Irlanda, Finlandia y Estonia, se están implementando el AI Act y se publican estrategias nacionales y guías, junto con algunos proyectos de ley sectoriales en áreas como salud, administración pública y contratación.
En América, la regulación es menos extensa. Brasil, por ejemplo, cuenta con el Proyecto de Ley General de IA (PL 2338/2023), aprobado en el Senado en 2024 y actualmente en discusión en la Cámara de Diputados. Este proyecto aborda derechos, clasificación de riesgos y gobernanza, mientras que varios estados y la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD) emiten guías específicas.
En Estados Unidos, no existe una “Ley Federal de IA” única; en su lugar, hay órdenes ejecutivas (Casa Blanca, 2023) y normas/guías del NIST (AI RMF). Destacan avances a nivel estatal, como en Colorado (IA y empleo) y profundas reglas de privacidad en California, Connecticut y Virginia. Diversas autoridades (FTC, EEOC, CFPB) aplican marcos ya existentes para regular la IA.
En Canadá, el proyecto AIDA (dentro del Bill C-27) regula sistemas de “IA de alto impacto” mediante evaluaciones y supervisión.
En Uruguay, la Ley 20.212 (2023) otorga a AGESIC la rectoría de la IA, incluyendo evaluación de impacto en derechos para sistemas públicos y sandboxes regulatorios.
En Chile, Colombia, Argentina, se están desarrollando estrategias y múltiples proyectos en torno a la IA.
En Asia-Pacífico, Japón promueve un marco flexible guiado por soft law, con directrices de seguridad, transparencia y certificaciones, además de impulsar estándares interoperables (“Hiroshima Process”).
En Corea del Sur, avanza la AI Act y guías sectoriales, con énfasis en seguridad, responsabilidad y uso industrial.
Singapur cuenta con el Model AI Governance Framework (referente global), guías de verificación (AI Verify) y esquemas voluntarios de certificación. China ha implementado reglas vinculantes por sector, incluyendo deep synthesis (deepfakes), algoritmos de recomendación, servicios de IA generativa y controles sobre contenido y seguridad.
En India, el enfoque es pro-innovación, con guías y borradores de normas, integrando la IA en políticas de datos y plataformas digitales.
En Emiratos Árabes Unidos: Estrategia nacional de IA, ministro de Estado para IA, guías de responsabilidad/ética y regulación sectorial (finanzas, salud, smart cities).
En Arabia Saudita: Estrategia nacional, marco de gobernanza y centros de prueba.
En Israel: Borradores de marco regulatorio de IA y guías de privacidad/seguridad (PIA para modelos). En Ruanda, Kenia, Ghana, Sudáfrica: Estrategias nacionales y primeras normas sectoriales (datos, biometría, contratación pública con IA).
Marcos regionales y soft law:
La OCDE: Principios de IA (base para muchos países).
La UNESCO: Recomendación de Ética de la IA (derechos humanos, inclusión).
El G7 / Proceso de Hiroshima: Código de conducta para IA avanzada.
El Parlatino (ALC): Ley Modelo de IA (guía para legislaciones nacionales).
En México actualmente hay una ausencia de ley vigente específica sobre Inteligencia Artificial. Hasta ahora, no existe una legislación federal de aplicación obligatoria sobre IA en México, lo que provoca incertidumbre legal, especialmente en materia de propiedad intelectual.
Las iniciativas legislativas desde 2020 se han presentado más de 50 (o incluso más de 60) iniciativas legislativas referidas a regular la IA . Algunas propuestas claves incluyen:
Ley para la regulación ética de la IA y la Robótica (abril 2023): buscaba crear un Consejo Mexicano de Ética para la IA, pero fue desechada en agosto de 2024 .
Reforma constitucional al Artículo 73 (septiembre 2023): pretendía otorgar facultades al Congreso para legislar sobre IA, ciberseguridad y neuroderechos. No avanzó antes del cierre de la legislatura. Ley que Regula el uso de Inteligencia Artificial (noviembre 2023): proponía prohibiciones contra deepfakes, manipulación subliminal, discriminación algorítmica y uso de IA en identificación biométrica, entre otros. Quedó archivada en abril 2024 . Nueva iniciativa (octubre 2024): contempla la creación de un Centro Nacional de IA y está actualmente en análisis desde diciembre de 2024.
Clasificación de riesgo y supervisión:
Se busca regular la IA conforme a niveles de riesgo (inaceptable, alto, bajo/minimal), similar al enfoque europeo. En algunas propuestas, la supervisión estaría a cargo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) apoyado por una Comisión Nacional de Inteligencia Artificial.
Propiedad intelectual y creaciones generadas por IA:
Las iniciativas más recientes (abril–mayo 2025) buscan reformar el Código Penal, la Ley Federal del Derecho de Autor, e incluso la Ley de Cinematografía, para aclarar: Cómo se reconocerán los derechos patrimoniales de obras generadas con IA, dependiendo de la intervención humana significativa.
Medidas de protección legal para actores de doblaje frente al uso de IA.
Entidades administrativas relevantes:
A fines de 2024, se concretó la creación de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con atribuciones sobre políticas tecnológicas, aunque no específicamente sobre IA.
Ética, derechos humanos y estándares internacionales:
México se alinea, desde organismos como la UNESCO, con principios éticos globales para la IA: equidad, transparencia, explicabilidad, no discriminación, protección de privacidad, rendición de cuentas, sostenibilidad, supervisión humana y educación pública. Se considera la necesidad de marcos horizontales flexibles frente a la rápida evolución tecnológica.
Según la iniciativa, tras la reforma constitucional sería necesario hacer adecuaciones a un amplio marco legal secundario para armonizarlo con los nuevos principios sobre inteligencia artificial y tecnologías emergentes. Entre las leyes mencionadas expresamente para su futura modificación o creación están:
La Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación (para incorporar IA y tecnologías emergentes como ejes estratégicos). La Ley General de Educación (para incluir alfabetización digital, enseñanza de IA y competencias tecnológicas).Ley General de Protección de Datos Personales y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (para fortalecer garantías de privacidad frente a sistemas de IA). La Ley de Seguridad Nacional y Leyes en materia de seguridad pública (para regular el uso responsable de IA en seguridad, justicia y prevención del delito). Leyes sectoriales en salud, medio ambiente, comercio, industria y telecomunicaciones (para establecer usos permitidos, requisitos de transparencia y evaluaciones de riesgo).
La nueva legislación específica en materia de IA o “Ley Marco de IA” que regule su desarrollo, uso y supervisión bajo un sistema de gobernanza nacional.
Si quieres, puedo prepararte un mapa detallado que cruce cada artículo constitucional propuesto con las leyes secundarias que se tendrían que reformar para implementarlo. Así se vería claramente el alcance legislativo real de la iniciativa.
El proyecto más reciente es del diputado Eruviel Ávila plantea modificar y adicionar disposiciones en varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 1.- Para incorporar principios de uso ético, de derechos humanos y no discriminatorio en tecnologías emergentes e IA.
Artículo 2.- Para garantizar acceso a estas tecnologías en comunidades indígenas y afromexicanas, respetando su cultura y lenguas.
Artículo 3.- Para integrar la alfabetización digital y la enseñanza del uso ético de IA en todos los niveles educativos.
Artículo 4.- Para reconocer el derecho de todas las personas a beneficiarse del desarrollo científico y tecnológico, incluyendo IA.
Artículo 6.- Para establecer obligaciones de transparencia, explicabilidad y rendición de cuentas en el uso de IA por autoridades.
Artículo 21.- Para regular el uso de IA en seguridad pública y procuración de justicia, con respeto a derechos humanos.
Artículo 25.- Para incluir a la IA y tecnologías emergentes en la planeación del desarrollo nacional.
Artículo 26.- Para integrar indicadores y estrategias sobre IA en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
Artículo 73.- Para facultar expresamente al Congreso de la Unión a expedir leyes en materia de IA y tecnologías emergentes.
Es decir, primero se modificaría la Constitución para establecer los principios, derechos y competencias, y luego se ajustarían o crearían las leyes secundarias para desarrollarlos.
La Suprema Corte de Justicia trata de regular la IA con respecto al Derecho de Autor
El proyecto de sentencia, aprobado en la Segunda Sala el 2 de julio de 2025, sostenía que las obras generadas exclusivamente por IA debían considerarse de dominio público, ya que no derivan de una creación humana. Tras reacciones críticas del ámbito jurídico y creativo, la Corte emitió una nota informativa señalando que esta afirmación no formaría parte de la versión final del fallo.
El fallo aún esta pendiente, a la fecha de hoy, 12 de agosto de 2025, el fallo definitivo aún no ha sido engrosado, es decir, todavía se está en espera de publicar la versión final que contendrá el texto completo de la sentencia. Esta versión final estaba programada para salir el día 6 de agosto, pero no se ha hecho pública hasta ahora estamos a la espera de la resolución.
¿Qué implica esto para la protección de obras con IA?
Para efectos legales, la autoría solo puede atribuirse a personas físicas, según lo dispuesto en los artículos correspondientes de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA artículos 13 y 15), esto quiere decir que las compañias no pueden ser sujetos de la autoria, sin embargo los derechos patrimoniales de explotación de la obra y obtener beneficios económicos pueden ser transmitidos o cedidos a persona moral (Arts. 27, 30, 31 LFDA).
La Corte subrayó que la creatividad, originalidad e individualidad son prerrogativas humanas, no atribuibles a sistemas algorítmicos.
Pero aún no hay claridad total sobre cuál será el tratamiento legal definitivo para obras con intervención humana parcial (es decir, IA usada como herramienta, bajo dirección creativa). El texto final del engrose podría matizar o precisar el alcance de la doctrina, de esto depende consecuencias futuras importantes económicas en derechos de autor.
México sí está adoptando cada vez más la inteligencia artificial, aunque el ritmo y el alcance varían según el sector:
Sectores con adopción destacada en México Turismo: Tiene una tasa de adopción de IA del 80 %, aplicando soluciones para optimizar la experiencia del viajero.
En Finanzas y fintech: El sector financiero avanza con herramientas como detección de fraudes, análisis de datos y atención automatizada. Las fintech integran IA de manera creciente, según Santander, y la CNBV ha autorizado 76 fintechs desde 2018.
En Manufactura se observó un crecimiento del 965 % en el número de empresas enfocadas en IA entre 2018 y 2025, aprovechando particularmente la tendencia del nearshoring.
Las Empresas e inversiones según el INEGI, solo el 0.5 % de las unidades económicas del sector privado y paraestatal (unos 26,000 de más de 5.4 millones) reportean uso de IA—una cifra aún baja en términos generales, sin embargo, entre compañías radicadas en México, menos del 10 % han integrado soluciones avanzadas de IA, según estudios recientes. El mercado de IA en México alcanzó los 3,700 millones de dólares en 2024, lo que representa un crecimiento del 30 % respecto al año anterior; además, el 42 % de las empresas planean adoptar herramientas de IA.
Estudios como el de Santander México indican que las empresas de IA han aumentado un 273 % entre 2020 y 2024. En cuanto al ecosistema tecnológico, actualmente hay 362 empresas dedicadas a IA en México, respaldadas por una inversión de alrededor de 500 millones USD entre 2022 y 2023. El mercado nacional de IA, estimado por Alcor BPO, podría llegar a representar 2,800 millones USD en 2024, con proyección de crecimiento hasta 12,500 millones USD para 2030, impulsado por subsectores como RPA, NLP y visión computacional.
Empleo, actitud y percepción:
Encuesta laboral (CYPHER Learning 2024):
88 % de los trabajadores ven la IA como una aliada.
78 % dicen que les permite enfocarse en tareas de mayor valor.
39 % ya han recibido capacitación en IA (superior al Reino Unido y EE. UU.).
Según IBM, 67 % de las empresas latinoamericanas, incluyendo México, han acelerado el uso de IA en los últimos 2 años (vs. 59 % promedio global); además, el 37 % implementan activamente IA generativa.
Microsoft anunció una inversión de 1,300 millones USD en los próximos tres años en infraestructura de nube e IA, con el objetivo de llegar a 5 millones de personas y 30,000 PYMEs. Gigantes como Bimbo y Cemex ya usan sus herramientas.
Esperemos que las legislaciones en ves de entorpecer ayuden a desarrollar el sector, las PYMES en México quieren crecer en modelos, adaptación y soluciones de IA. El avance de la IA no es solo en compañias tambien ONG como VENEMEX crearon en diciembre de 2024, conjuntamente con la compañía mexicana https://essavant.com/ el primer chat con IA de ayudas y orientación migratoria legales en donde han ayudado unas 50 mil personas al día de hoy.
Esperamos que las legislaciones, en lugar de entorpecer, ayuden a desarrollar el sector de IA en México. Las PYMES especializadas en el país buscan crecer en modelos, adaptación y soluciones de IA. El avance de la IA no ocurre solo en empresas; también ONG como VENEMEX crearon en diciembre de 2024, conjuntamente con la compañía mexicana https://essavant.com/, el primer chat con IA de ayuda y orientación migratoria legal, con el cual han apoyado a unas 50 mil personas hasta el día de hoy.