El Tribunal Electoral confirmó por unanimidad la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de negar el registro como partido político nacional a la agrupación Interacción y Empatía para Todos, al concluir que incumplió diversos requisitos previstos en la Ley General de Partidos Políticos.
- El Consejo General del INE determinó que la organización no realizó asambleas estatales o distritales válidas con la participación mínima de 3 mil o 300 personas afiliadas, según correspondiera, ni celebró su asamblea nacional constitutiva. Además, sólo acreditó ocho afiliaciones válidas, muy por debajo de las 256 mil 30 requeridas, equivalentes al 0.26 por ciento del padrón electoral federal utilizado en la última elección ordinaria.
La agrupación impugnó la resolución al argumentar que el INE vulneró los principios de certeza, legalidad y debido proceso, pues nunca le notificó la existencia de requisitos o documentación faltante para obtener el registro.
También sostuvo que su solicitud, presentada el 24 de febrero, fue recibida por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos sin observaciones y que no fue informada de ninguna omisión hasta que el Consejo General resolvió negarle el registro.
- Sin embargo, en el proyecto del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior concluyó que los agravios eran infundados. Determinó que el INE no estaba obligado a requerir documentación adicional, ya que la propia organización reconoció en su solicitud que no cumplía diversos requisitos legales.
Además, señaló que la agrupación no controvirtió las razones de fondo por las que se le negó el registro, sino que centró su impugnación en la supuesta falta de notificación durante el procedimiento y en la forma en que fue aprobada la resolución.en que fue aprobada la resolución./CONGRESO-PUNTOporPUNTO






















