Expertos prevén AMPAROS ante EXCESOS y ABUSO de Autoridad con Nueva Ley de Hidrocarburos

La iniciativa de reforma a la Ley de Hidrocarburos que permite a la Federación suspender los permisos a concesionarios de manera temporal y definitiva tiene tres puntos impugnables

Analistas del sector energético consideraron que hay riesgo de excesos y abuso de autoridad con la reforma de Ley de Hidrocarburos.

Si bien es cierto que la reforma enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador al Congreso “tiene buenas intenciones”, ya que busca combatir el huachicol, también sienta las bases para detener e incluso echar para atrás la reforma energética de 2013 en el sector hidrocarburos.

Y es que contrario a lo que pasó con la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, en esta ocasión, las empresas están cautelosas y esperarán a ver la aprobación en el Congreso y cómo quedaría la reforma antes de promover juicios de amparos.

  • Santiago Fernández, analista de Intercam, sostiene que la aprobación de la reforma repercutiría en dos aspectos fundamentales: reduciría la participación de privados en el mercado nacional de combustibles, al elevar los requerimientos para la obtención de permisos y establecer condiciones legales para no emitirlos o suspenderlos.

Consideró que aún en caso de ser aprobada, es muy probable que la reforma enfrente obstáculos similares a los de la Ley de la Industria Eléctrica, cuya implementación fue suspendida en tribunales tras amparos de empresas privadas y demandas de inconstitucionalidad.

  • Para Alain Duthoy, del despacho Lexoil Consultores, la reforma tiene “muy buenas intenciones, pero muy mala ejecución”. La iniciativa plantea cambios en el otorgamiento de permisos de importación, distribución y comercialización de combustibles a empresas privadas o públicas, es decir, que solo sucederá si se comprueba que el solicitante cuenta con las instalaciones y equipo necesario (almacenamiento).

“La buena intención es la obligatoriedad de aumentar los días de almacenamiento por cuestiones de seguridad nacional y el otro aspecto es que buscan combatir el huachicol, contrabando y el huachicol fiscal. Todo esto es muy bueno, pero qué pasará con las empresas que tienen en este momento proyectos en construcción en almacenamiento de combustibles, esto incurrirá en posibles expropiaciones”.

De acuerdo con la iniciativa, el Ejecutivo Federal indicó que la actual legislación en materia de otorgamiento de permisos es demasiado laxa y permite actividades ilegales. Alain Duthoy señaló que en la iniciativa de ley se menciona que hay gasolineras que despachan menos litros de gasolina de lo que venden, lo que sería un fraude a todos, sin embargo, “vemos con buenos ojos que la autoridad revoque permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento por parte de las gasolineras que no cumplan con litros completos”.

  • El especialista refirió que en el caso del Artículo 59, que permite a la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía suspender los permisos expedidos en los términos establecidos en esta ley, cuando se prevé un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética, éste es deficiente.
  • El abogado de Lexoil Consultores mencionó que la modificación al Artículo 59 puede incurrir en un abuso de autoridad, ya que bajo el argumento de seguridad nacional o seguridad energética, a las empresas se les pueda revocar permisos solo por sospecha de algún acto ilícito y mientras se investiga ya se afectó a la misma.

“Es complicado, porque aquellas empresas que estén en regla pueden ser afectadas por auditoría para que la autoridad verifique si no cae en el ilícito de huachicol, que no sería más fácil ir contra los que importan combustibles y están en ese negocio”.

  • Comentó que hasta el momento hay cautela y se esperan hasta que sea aprobada la reforma y en qué términos quedaría la misma, antes de iniciar juicios de amparos. “La autoridad debió sentarse con los empresarios del sector y con Cofece, porque la iniciativa tiene algunas carencias en materia de competencia, las mismas que se presentarán al día siguiente que sea aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación.

“Se debió señalar cuáles son los aspectos que están afectando al mercado de hidrocarburos y en conjunto diseñar una iniciativa que tenga mayor legitimidad y sobre todo mayor posibilidad de ser una buena ley”, apuntó el especialista. Por su parte, César Cadena Cadena, presidente del Clúster Energético, opinó que es positivo que se plantee que ahora sea condición para ser sujeto a un permiso para importar combustible que cuentes con infraestructura de almacenamiento.

Oposición ve riesgo en el Estado de Derecho

El PAN en la Cámara de Diputados advirtió que la reforma a Ley de Hidrocarburos representa un riesgo para el Estado de Derecho, la seguridad nacional y energética, pues a partir de buscar combatir al comercio ilegal de combustibles, resulta un pretexto burdo para esconder la verdadera intención de la expropiación directa en este sector.

  • Sobre el tema, el coordinador de los legisladores del blanquiazul, Juan Carlos Romero Hicks acusó que la mesa de discusión con expertos que organizó la semana pasada la mayoría de MORENA no sirvió para la reflexión “ni mucho menos para enriquecer el texto original, siguiendo la orden dictada por el otro poder de la Nación, para que, sin mover una coma y de manera diligente se aprestan a aprobar sin más ante el Pleno”.

Alertó que de darle luz verde en el Legislativo y al momento de su aplicación, la Ley de Hidrocarburos servirá para que la Secretaría de Energía, o la Comisión Reguladora de Energía, puedan revocar “a discrecionalidad” los permisos de los particulares para la comercialización de hidrocarburos.

  • Además, altera la competencia y libre concurrencia de acuerdo con lo previsto en los artículos 25 y 28 de la Constitución. “Pretende, amañadamente, acabar con la competencia para favorecer a PEMEX en los casos que arbitrariamente alegue el gobierno un supuesto peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional. Es decir, se convierten en juez y parte”.

“Esta propuesta del presidente López Obrador tiene una concepción distorsionada e incurre en el error de ideologizar el papel de las empresas del Estado Mexicano como PEMEX, colocándolas por encima del interés de los mexicanos con la calidad de monopolios, cuyo mantenimiento nos costará muchos impuestos a esta y las siguientes generaciones de mexicanos”, señaló Romero Hicks.

En tanto, a través de un comunicado, los diputados panistas Ángeles Ayala Díaz, Hernán Salinas Wolberg y Justino Arriaga Rojas, como integrantes de la Comisión de Energía, expresaron que la iniciativa contradice los principios constitucionales para la participación del sector privado en la industria de petrolíferos y viola los tratados internacionales ratificados por México.

  • Coincidieron en que volver a Pemex un monopolio acarreará inconformidades legales de los empresarios y compañías afectadas ante las instancias judiciales, abriéndose un capítulo más como el que se tuvo con la reforma de la Industria Eléctrica, que se encuentra suspendida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • Los diputados del Partido Acción Nacional estamos a favor de las buenas prácticas en la venta, cantidad, calidad, legalidad, transparencia y distribución de los hidrocarburos, apoyamos que se castiguen los abusos contra los consumidores, pero no vamos a acompañar la falsa oferta de combatir la corrupción con simulaciones que francamente afectan a las familias mexicanas y al sector productivo nacional”.

Ven impugnable la Ley de Hidrocarburos

La iniciativa de reforma a la Ley de Hidrocarburos que permite a la Federación suspender los permisos a concesionarios de manera temporal y definitiva tiene tres puntos impugnables, mismos que podrán ser usados por particulares para ampararse en contra del dictamen, aseguraron expertos constitucionalistas.

  • Se trata de la figura de “negativa ficta”, el mandato para contar con suficiente capacidad de almacenamiento y el concepto “peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”.
  • De acuerdo con Francisco Burgoa, abogado, “todo lo que no está claramente establecido puede ser puesto en duda y discutido”, tal es el caso del artículo 51 de la propuesta, que establece que el otorgamiento de permisos estará sujeto a “la capacidad de almacenamiento que determine la Secretaría”.

«Todo lo que no está claramente establecido puede ser puesto en duda y discutido».- Francisco Burgoa, Abogado constitucionalista

“Ese apartado es totalmente impugnable, porque un empresario puede justificar que construyó unas instalaciones con capacidad para 100 mil litros de combustible, pero resulta que la secretaría le dice que eran 500 mil, y si lo hace de 500 mil le puede decir que era de un millón, o sea, desde la ley debería quedar definida la capacidad mínima de almacenamiento, no hacerlo es una violación a la Ley de Transparencia”, dijo a La Razón.

El otro punto impugnable es el artículo 56, que plantea que la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía podrán suspender un permiso “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”.

“Es un concepto sumamente amplio que se presta a múltiples interpretaciones. Un particular no se va a arriesgar a que le suspendan su permiso porque se quedó sin luz un día y el gobierno argumentó que puso en riesgo la seguridad energética. Se requiere modificar el concepto por otro donde queden bien definidos los motivos para poder determinar los casos de procedencia”, declaró la doctora Diana González Obregón, abogada.

Lo que se plantea

La propuesta de reforma únicamente modificaría cuatro artículos de la ley existente:

  • Añade como criterio de resolución para las solicitudes de permisos la capacidad de almacenamiento (susceptible de impugnaciones).
  • Cambia el tipo de ficta positiva a negativa (susceptible de impugnaciones).
  • Serán causales de revocación de permisos reincidir en incumplimiento de disposiciones aplicables a la cantidad, calidad y medición de petrolíferos y la modificación de las condiciones técnicas de sistemas, ductos, instalaciones o equipos sin la autorización correspondiente.
  • Agrega la suspensión de permisos cuando se prevea “un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional” (susceptible de impugnaciones).
  • Elimina la posibilidad de que se contrate a terceros para la operación de instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas.
  • Indican los casos para la suspensión de permisos y las acciones que deberá realizar la autoridad en tal caso.
  • Revocación de permisos que incumplan con un almacenamiento mínimo por parte de los comercializadores de gasolinas, diésel y turbosina.
  • Los permisos caducarán si sus derechos no fueron ejercidos en el plazo indicado o a falta de plazo, por 365 días.

El tercer punto que provocaría recursos legales es el artículo 53, que establece la figura de negativa ficta, es decir, que “la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, según el permiso que se trate, deberá resolver la solicitud de cesión en un plazo de 90 días naturales (…) en caso de no emitirse una resolución dentro de los plazos establecidos se entenderá en sentido negativo”.

“De por sí ya hay opacidad tanto en la capacidad de almacenamiento y en los requisitos para que me den el permiso, y luego si no me responden en 90 días me quitan el permiso así, sin más explicación; este punto es el peor, es una ilegalidad total”, detalló González Obregón.

Los expertos advirtieron que si no se clarifican estos tres puntos, vendrá una ola de impugnaciones a la iniciativa, cuyo propósito, según el argumento del dictamen, no es quitar permisos a destajo, sino sancionar a los concesionarios que roben combustible o que no entreguen litros de a litro en las gasolineras./Agencias-PUNTOporPUNTO

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