Al dejar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sin definición la aplicación de la prisión preventiva oficiosa (PPO), se arriesga a que México sea objeto de un proceso de responsabilidad internacional por incumplir la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); sin embargo, al interior del país, el impacto será para cientos de personas que se mantienen en la cárcel y cuyos procesos se encuentran varados por la falta de una resolución sobre esta medida cautelar.
- Así lo aseguró Simón Hernández, maestro en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana, quien explicó que, en noviembre, México deberá rendir un informe sobre cómo ha atendido la sentencia que se le dictó en 2023 y será para el próximo año cuando la CIDH se exprese al respecto.
- Será entonces cuando su incumplimiento podría llevar a que el gobierno sea llevado ante la Asamblea General de la OEA, para dar cuenta de que se ha negado a cumplir.
- Subrayó que esto sólo lo han enfrentado países con alteraciones en su funcionamiento interno y constitucional, como lo fue Perú en tiempos de Alberto Fujimori, o Venezuela, hacia el final del gobierno de Hugo Chávez.
“México nunca ha tenido un posicionamiento confrontativo con el Sistema Interamericano. Siempre ha sido de colaboración, de construcción, de cumplimiento, posiblemente con retraso, pero el Estado siempre ha sido muy respetuoso del orden interamericano.
En este caso, pues todo parece indicar que las autoridades no querrán cumplir y, pues, seguramente habrá un llamado mucho más enérgico de la Corte Interamericana el próximo año”, declaró, en entrevista.
- El experto en este tipo de medida cautelar recordó que, a raíz de esta sentencia, la Corte Interamericana ordenó pausar los amparos que personas en prisión preventiva oficiosa presentaron hasta que el alto tribunal tomara una decisión respecto a la sentencia de la CIDH.
- Enfatizó que el mayor inconveniente lo viven aquellas personas que están privadas de su libertad como consecuencia de arbitrariedades, “malas” decisiones judiciales y que veían en los amparos una salida a su situación.
- Como consecuencia, subrayó que esto lleva a un agravamiento de determinadas condiciones que enfrentan varios penales en México: sobrepoblación, hacinamiento, autogobierno e incluso la permanencia de distintos delitos, como la extorsión y corrupción en su interior.
En su último reporte sobre el sistema penitenciario, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) advirtió que los temas de mayor incidencia en los 14 centros carcelarios federales son la insuficiencia de personal de seguridad y custodia, así como la atención a personas adultas mayores.
- Señaló que la discusión sobre la aplicación o no de esta medida se ha quedado en el discurso político, pero, en su opinión, lo que se tiene que atender es la eficacia en la labor que realizan las fiscalías para defender adecuadamente a las víctimas y también en justificar cuando esta medida cautelar deba aplicarse.
“Lo que no debería suceder es esta aplicación automática, porque genera muchas distorsiones al sistema de procuración de justicia. Primero, que se genere una alta dinámica de fabricación del delito, de extorsión, que los delitos que sí suceden no se investiguen adecuadamente, que no se generen capacidades para investigar y para presentar adecuadamente un caso, y para poder garantizar una reparación a una víctima”, dijo.
Sobrepoblación en las prisiones se triplicó
La sobrepoblación penitenciaria en los reclusorios federales y locales del país se triplicó en el último año, luego de que el Congreso de la Unión aprobara, una vez más, incrementar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa (PPO), al pasar de ocho mil 875 a 26 mil 955 personas que superan la capacidad del sistema penitenciario, mientras la actual integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluye labores este martes y se prevé que deje en el aire la resolución sobre la legalidad de esta figura jurídica.
- El 25 de enero del 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó a México modificar su normatividad respecto a la medida cautelar de la detención automática de personas acusadas de ciertos delitos graves sin que un juez evalúe individualmente la necesidad de esa medida para asegurar el proceso judicial.
- Es decir, en lugar de considerar si existen riesgos procesales que justifiquen la prisión, se aplica automáticamente por la gravedad del delito imputado.
- La Corte Interamericana de los Derechos Humanos determinó desde entonces que ello contraviene principios básicos como la presunción de inocencia, la libertad personal y el derecho al debido proceso, por lo que es incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La SCJN extendió hasta este martes su última sesión de pleno; sin embargo, advirtió que sólo abordará las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma judicial de Yucatán, por lo que todo apunta a que cerrará el ciclo sin pronunciarse sobre el tema, pese a la existencia de dos proyectos en la materia elaborados por las ponencias de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Margarita Ríos Farjat.
La SCJN extendió hasta este martes su última sesión de pleno; sin embargo, advirtió que sólo abordará las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma judicial de Yucatán, por lo que todo apunta a que cerrará el ciclo sin pronunciarse sobre el tema, pese a la existencia de dos proyectos en la materia elaborados por las ponencias de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Margarita Ríos Farjat.
- A pesar de dicho fallo de la CorteIDH, México ha continuado ampliando el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, establecido en el artículo 19 de la Constitución.
- Un análisis elaborado por la organización México Evalúa arroja que los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa pasaron de seis en el año 2008 a 23 en el 2025. Un total de 16 han sido agregados del 2019 a la actualidad.
Hace un año, en agosto del 2024, el Congreso de la Unión aprobó incluir la extorsión, la producción, distribución y enajenación de drogas sintéticas, como el fentanilo; el narcomenudeo, la defraudación fiscal y la compra o adquisición de comprobantes fiscales, incluidas las facturas que amparen operaciones inexistentes.
De acuerdo con las estadísticas penitenciarias del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), hasta julio del 2025 sumaban en total 250 mil 455 personas recluidas en todo el país, de las que 99 mil 924 se encontraban en prisión preventiva, tanto oficiosa como justificada. Se reportaron 138 centros penitenciarios con sobrepoblación, mientras que un año antes sumaban 122.
- El Estado de México es la entidad que se coloca en el primer lugar en sobrepoblación de centros penitenciarios federales, donde hay espacio para 14 mil 481 reos en sus 21 penales; sin embargo, suman 36 mil 909 reclusos.
En segundo sitio lo ocupa Sonora, con 13 mil 758 internos y una capacidad de siete mil 988 en sus 13 centros penitenciarios. Mientras que el tercer lugar lo tiene Durango, con cuatro mil 719 presos, cuando tiene espacio para dos mil 295 personas en sus tres centros de reclusión.
- Susana Camacho, coordinadora del programa de justicia de México Evalúa, señaló que ha quedado claro que los gobiernos morenistas confían en que la prisión preventiva oficiosa les dará algún resultado; sin embargo, no hay ningún dato que soporte esa visión.
“En el caso de Querétaro no aplican la PPO, se aplica sólo en 0.05 por ciento de los casos, y muchos de los delitos tienen el índice de impunidad más bajo que el resto del país. Si te pones a analizar el caso del homicidio doloso, que siempre ha estado en este catálogo entre 2008 y 2023, ha crecido de 13 mil a 30 mil casos. No ha logrado incidir en reducir o por lo menos mantener los números de este delito”, dijo.
- José Luis Gutiérrez, director de la organización Así Legal, explicó que el hecho de que los juzgadores no tengan la posibilidad de acreditar la posible responsabilidad de una persona y pidan plazos de investigación bastante amplios, demuestra que la prisión preventiva se está utilizando sólo con ese “mientras tanto, mientras supuestamente investigo”.
“Al final, las personas, al ver que hay gente privada de su libertad por más de cinco, 10 o 12 años en prisión preventiva, aceptan su responsabilidad, cambian de estado bajo la figura de prisión preventiva, son sentenciados.
Muchas veces esa sentencia tiene la posibilidad de obtener un cambio de medida y, al hacer esa sustitución, obtienen su libertad, pero ya fueron parte, digamos, de las grandes cifras del uso de la prisión preventiva”, expuso.
- La Presidencia de la República solicitó el pasado 10 de julio a la SCJN aplazar por tiempo indefinido la discusión del tema, que habría establecido un criterio definitivo sobre la aplicación de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo en México.
Los especialistas ven poco probable que la nueva integración de la Corte decida abordar el tema, pues iniciarán trabajos el próximo 1 de septiembre, con un rezago de más de mil 300 asuntos, y donde operarán únicamente a través del pleno, ya sin las dos salas que permitían la agilización de los asuntos.
Corte aplaza decisión de prisión preventiva y la pone a los nuevos ministros
La Suprema Corte de Justicia saliente postergó dos decisiones contra la prisión preventiva oficiosa en México que ha sido criticada por organismos internacionales y dejó las controversiales sentencias en manos del nuevo alto tribunal que se instalará en septiembre.
- En una reunión privada los diez ministros del máximo tribunal acordaron por unanimidad no debatir en la sesión del martes dos proyectos de sentencia sobre la prisión preventiva oficiosa, dijo el martes a The Associated Press un funcionario de la Corte que habló en condición de anonimato porque no está autorizado para declarar. Se desconoce por qué los ministros tomaron esa decisión.
Ahora, los casos deberán ser abordados por los nueve ministros que fueron electos en junio por voto popular, quienes han sido identificados como cercanos al partido gobernante Morena.
- En el proyecto de sentencia del ministro saliente Jorge Pardo Rebolledo planteaba que México debía cumplir la decisión de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que declaró la inaplicabilidad de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, que permite la detención de una persona hasta 80 días sin que los fiscales presenten acusaciones penales.
- Asimismo, se postergó la discusión del proyecto de la ministra saliente Ana Margarita Ríos Farjat que proponía la inconstitucional de la reforma constitucional que amplió el catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa.
- En México existen dos formas de prisión preventiva: la que se declara de oficio con algunos delitos de forma obligatoria o automática, y la justificada que es cuando el fiscal la solicita a un juez por considerar que un presunto criminal es peligroso para la sociedad o podría evadirse de la justicia.
La prisión preventiva oficiosa está consagrada en la Constitución, pero la Corte IDH dictaminó en 2023 que viola la Convención Americana de los Derechos Humanos, una legislación que es de obligado cumplimiento para los países que la suscriben.
- Diferentes instancias de la Organización de Naciones Unidas, como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y un Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria.
- También han recomendado a México derogar la prisión preventiva oficiosa alegando que es incompatible con las normas internacionales sobre derechos humanos y lesiona los derechos a la libertad personal y el debido proceso.
- Pese a las críticas de activistas y organizaciones humanitarias locales e internacionales, Claudia Sheinbaum ha defendido -al igual que López Obrador- la prisión preventiva oficiosa asegurando que es una herramienta necesaria para enfrentar la criminalidad y proteger a los jueces.
Pero especialistas estiman que la política no resuelve el problema de violencia, y por el contrario genera complicaciones en un país donde los juicios se alargan durante años y sólo dos de cada diez acusados son declaradas culpables.
De acuerdo con cifras del Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios Federal y Estatal del 2023, que realizó el gubernamental Instituto Nacional de Estadística y Geografía, cuatro de cada diez personas privadas de la libertad en México no tienen sentencia. De esa proporción, 36,7% son hombres y 46,9% mujeres. /Agencias-PUNTOporPUNTO