REFORMA en materia de AGUA busca ordenar las CONCESIONES y asegurar su DISPONIBILIDAD para la población

De igual forma se sancionará con hasta nueve años de prisión a quien modifique o altere los medidores de medición de volúmenes de agua con la finalidad de simular un consumo menor.

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo mandó este jueves a la Cámara de Diputados su iniciativa para expedir una Ley General de Aguas, y reformas a la Ley de Aguas Nacionales, para definir las reglas sobre el uso de ese recurso en los procesos productivos, ordenar las concesiones, y asegurar su disponibilidad para toda la población.

  • También se establecen las sanciones, penas y acciones de reparación del daño sobre las irregularidades que afectan la disponibilidad o la calidad del agua. En específico, se crea un capítulo V denominado Delitos Hídricos, en el que se indica que estos se perseguirán de oficio.
  • Entre las sanciones planteadas están penas de dos a diez años de prisión a quien traslade aguas nacionales con fines de lucro sin autorización, a quien altere, desvíe u obstruya los cauces, vasos, corrientes o flujos de aguas nacionales y genere afectación directa a las condiciones hidráulicas.

De igual forma se sancionará con hasta nueve años de prisión a quien modifique o altere los medidores de medición de volúmenes de agua con la finalidad de simular un consumo menor.

Mientras que habrá penas de hasta 12 años de prisión a los servidores públicos que otorgue concesiones a cambio de beneficios para sí, para su cónyuge, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, parientes civiles hasta el segundo grado o para terceros con quien tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios.

  • Así como de uno a 12 años de prisión a los particulares que cometan actos de corrupción para que se le otorgue alguna concesión.
  • En tanto se aplicarán multas de hasta 50,000 UMA, equivalente a 5 millones de pesos a quienes exploten las aguas nacionales en volúmenes mayores a los autorizados; a quien realice obras en zonas reglamentadas, de veda o reservadas, sin permiso; también por cambiar el uso de suelo para el que fue concesionado y por transmitir los títulos de concesión o los permisos.

Otro de los cambios relevantes señala que el Estado Mexicano será el único responsable de regular el uso de agua y desaparece el régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares.

Aunado a que se estipula que toda concesión de agua que no sea utilizada para los fines autorizados, debe regresar a la Conagua para que ésta decida una mejor distribución y aprovechamiento de ese recurso. Para ello se crea el Registro Nacional del Agua para revisar que el agua se destine efectivamente al uso para el que se solicitó y fue concesionada.

Sobre esto último, también se establece un fondo de reserva de aguas nacionales para la reasignación de volúmenes de agua.

  • Por otro lado, se plantea que será el Ejecutivo Federal quien fije los volúmenes de extracción, uso y descarga que se podrán autorizar, las modalidades o límites a los derechos de las personas concesionarias y asignatarias, así como las demás disposiciones especiales que se requieran por causa de interés público.

Asimismo, se especifican diversas medidas para garantizar el cumplimiento del derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico; entre ellas que las entidades federativas promoverán en todo momento la instalación de sistemas de captación pluvial para uso doméstico, acordes a las necesidades regionales.

Aunado a que los estados deberán fomentar la inclusión en los códigos de construcción y en las legislaciones sobre propiedad, un sistema de captación de agua pluvial “que cuente con la capacidad suficiente de almacenamiento de agua para atender las necesidades mínimas indispensables de agua para consumo personal y doméstico de cada unidad de propiedad privativa del condominio”.

Además de que se establecen otras acciones como el fomentar la participación ciudadana en la gestión del agua y promover el cuidado, tratamiento, recuperación y reúso del agua.

Cabe aclarar que esta ley debió expedirse desde febrero de 2013, un año después de que se aprobó la reforma constitucional que estableció que “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. No obstante, tras 12 años y diversos llamados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es que el Congreso arrancará con su análisis a petición de la mandataria mexicana.

Claves de la enmienda

  • Se establecen las sanciones, penas y acciones de reparación del daño sobre las irregularidades que afectan la disponibilidad o la calidad del agua.
  • Entre las sanciones planteadas están penas de dos a 10 años de prisión a quien traslade aguas nacionales con fines de lucro sin autorización.
  • Sancionarán con hasta nueve años de prisión a quien modifique o altere los medidores de medición de volúmenes de agua con la finalidad de simular un consumo menor.
  • El Estado Mexicano será el único responsable de regular el uso de agua y desaparece el régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares.
  • Se crea el Registro Nacional del Agua para revisar que el agua se destine efectivamente al uso para el que se solicitó y fue concesionada.
  • Se establece un fondo de reserva de aguas nacionales para la reasignación de volúmenes de agua.

Reforma a Ley de Aguas Nacionales busca acabar con mercado negro

La propuesta de reforma a la Ley de Aguas Nacionales de la presidenta Claudia Sheinbaum busca eliminar el mercado negro de concesiones y robo de agua, “que no solamente afecta la disponibilidad, sino también la garantía del derecho humano al agua”, dijo Óscar Zavala Gamboa, subdirector General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

  • Entre los cambios clave de la iniciativa de reforma, enviada ayer al Congreso, se propone crear un capítulo de delitos hídricos, se incluye la eliminación de los bancos de agua y el establecimiento de un fondo de reservas de agua nacionales ​​para reasignar los volúmenes de agua recuperados, además de la creación de un nuevo Registro Nacional del Agua que consolidará los sistemas existentes.

El abogado destacó que el marco normativo de la Ley de Aguas Nacionales —que data de 1992— promueve un sistema de mercado del agua “donde los particulares libremente pueden disponer de los recursos hídricos. Los concesionarios libremente llevaban a cabo transacciones con ellos, al margen de la ley, cuando el agua es de la nación”.

Destacó que antes de 1992 solo existían dos mil 500 títulos de concesión, y en la actualidad hay 536 mil títulos que están siendo revisados por la actual administración de la Conagua; a la fecha, se han detectado cerca de 59 mil irregularidades.

  • “Al revisar esa problemática nos dimos cuenta de que hay una gran cantidad de títulos de concesión con irregularidades. ¿Qué es lo que se permite con este mercado negro? Que se pueda gestionar un título de concesión incluso en zonas donde no hay agua, y es un tema muy relevante y delicado, donde uno encuentra títulos de concesión asignados en acuíferos sobreexplotados; hay acuíferos que están sobre ¿concesionados tres veces más de la capacidad de agua que tienen”, expresó el funcionario en entrevista con MILENIO.
  • El abogado explicó que para combatir el mercado negro y robo de agua también se propone crear un capítulo de delitos hídricos en la iniciativa de reforma a la Ley de Aguas Nacionales –reglamentaria al artículo 27 de la Constitución–, ya que en el Código Penal Federal estos ilícitos no se encuentran tipificados al ámbito del agua, lo que obstaculiza su castigo.

Explicó que si bien algunos delitos hídricos se encuentran plasmados en otras legislaciones, como la Ley General de Bienes Nacionales, en muchos casos Conagua no logra encuadrar ciertas conductas como delitos hídricos, por lo que no se castigan.

“Lo complejo de estos de estos tipos penales es que no se encuentran lo suficientemente especificados al ámbito del agua. Entonces, eso ha obstaculizado que se presenten denuncias y donde procesalmente cuesta mucho trabajo”.

¿Qué es la Comisión Nacional del Agua y cuál es su función en México?

El abogado indicó que un tipo penal es la falsificación de títulos de concesión o la asignación de títulos de concesión de manera contraria a la ley, pero si, por ejemplo, un servidor público emite un permiso para aprovechar el recurso y no un título de concesión, el delito ya no encuadraría en el supuesto que establece el Código Penal.

“Eso ha sido salida para que tengamos muchos salvedades y vericuetos para que no se pueda sancionar la conducta, y por eso fue muy importante establecer un catálogo especial de delitos hídricos que afecten tanto la asignación del agua, la protección de la misma, como por supuesto la función de los servidores públicos en el manejo de estos de éstas actividades”.

  • De esa manera, la iniciativa de la Presidenta incorpora como tipos penales la explotación, extracción y traslado ilegal de aguas nacionales, así como actos de corrupción cometidos en el otorgamiento de títulos de concesión y en trámites, además del desvío ilegal del flujo o cauce natural, con penas más elevadas que van de uno a 10 años de prisión y de 300 a cuatro mil días multa que se perseguirán de oficio.

«No es lo mismo el huachicoleo del agua, que es prácticamente robar el agua o extraerla de forma ilegal, a que alguien tenga un título de concesión y haga un uso distinto de éste; puede ser que este título de concesión sea para uso agrícola y se esté utilizando para vender pipas, por ejemplo, o puede ser que ya se venció el título de concesión del industrial y lo sigue utilizando sin haber iniciado ningún trámite. Son dos supuestos totalmente distintos y esa es la claridad que se busca dar”.

  • Otro de los delitos que se busca tipificar es el transporte de las aguas que provengan ya sea de huachicoleo –es decir extracción ilegal de pozos o tuberías–, o de concesiones irregulares, “porque no proviene de una situación lícita y ese supuesto tampoco estaba sancionado”.
  • También se propone penalizar el desvío de cauces, como el caso del Rancho El Saucito de César Duarte en Chihuahua, donde se construyeron presas y represos de manera ilegal.

«Es claro que hace falta un fortalecimiento del marco normativo. El asunto sigue sus instancias correspondientes, se están atendiendo los asuntos ante las instancias del Poder Judicial de la Federación y ante la Fiscalía General de la República estamos ahí estamos integrando carpetas de investigación”.

En cuanto a las penas, el actual marco de referencia para imponer sanciones por infracciones a la Ley de Aguas Nacionales va de las 260 unidades de medida y actualización hasta las 26 mil UMAs. La reforma propone llevarlas de las 260 unidades de medida hasta las 50 mil.

De los bancos de agua al Fondo de Reserva de Aguas Nacionales

  • El subdirector General de Asuntos Jurídicos destacó que “la figura mercantilista” de los bancos de agua plasmada en la vigente ley desaparece en la iniciativa de reforma de la Presidenta, para dar paso al Fondo de Reserva de Aguas Nacionales.

“El banco de agua, como lo establece la ley vigente, a pesar de que ya no opera (hasta hace seis años), permitía que en una institución, en un banco literalmente, pudieran las partes y los funcionarios llevar a cabo transacciones con los títulos de concesión.

«Prácticamente la asignación del agua estaba en manos de los particulares a través de esta figura, eso por supuesto, es una visión absolutamente mercantilista de uno de los recursos más importantes que tiene la nación”.

En cambio, el nuevo Fondo de Reserva de Aguas Nacionales tiene la función de recuperar los volúmenes de agua, “para que a través de un nuevo procedimiento donde se eliminan las transmisiones, y se da lugar a una reasignación de volúmenes».

«Las transmisiones se permiten entre particulares y con la asignación de volúmenes es la Comisión Nacional del Agua la que coloca o reasigna esos volúmenes donde más se necesita”, indicó.

Morena plantean endurecer sanciones por robo y despojo de agua en la CDMX

Diputadas locales de Morena presentaron una propuesta legislativa con el objetivo de imponer penas más severas a quienes incurran en el robo o despojo de agua en la Ciudad de México, con castigos que podrían alcanzar hasta 20 años de prisión.

  • La iniciativa, impulsada por Xóchitl Bravo y María Guadalupe Espinosa de los Monteros, establece sanciones de dos a seis años de cárcel para quien sustraiga, disponga o se apropie de agua sin derecho y sin autorización de la autoridad correspondiente, ya sea con fines domésticos, agrícolas, industriales o de cualquier otra índole. En caso de reincidencia, la pena se incrementaría hasta en una mitad, llegando a un máximo de nueve años.
  • Asimismo, se prevé una sanción de cinco a 10 años de prisión para quien condicione el acceso al recurso hídrico a través de dádivas, promesas de dinero, contraprestaciones, imposición de requisitos ajenos al servicio público, o mediante actos de coacción o abuso que limiten el acceso al agua en perjuicio de una o más personas.

El proyecto también contempla sanciones de hasta 10 años de prisión cuando el despojo sea cometido por tres o más personas, contra sectores en situación de vulnerabilidad o por parte de servidores públicos.

  • Las legisladoras recordaron que la Secretaría de Gestión Integral del Agua ha advertido sobre pérdidas significativas por fugas y tomas ilegales. “El robo de agua, aunque reconocido como fenómeno extendido, carece de una tipificación penal clara, lo que dificulta que las fiscalías y los tribunales actúen con contundencia”, señala la propuesta.
  • El documento enfatiza que la Ciudad de México atraviesa una de las crisis hídricas más severas del país, derivada de la sobreexplotación de acuíferos, el deterioro de la infraestructura, el crecimiento poblacional y los efectos del cambio climático, lo que ejerce una presión insostenible sobre el sistema de abastecimiento.

“De acuerdo con informes oficiales, hasta el 40% del agua que circula en la red se pierde no sólo por fugas, sino también por tomas clandestinas y prácticas ilícitas de extracción, que constituyen un verdadero despojo a la colectividad”, se puntualiza en la iniciativa./Agencias-PUNTOporPUNTO

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