En la Cámara de Diputados se impulsa una iniciativa para reconocer en la Ley Federal del Trabajo (LFT) los permisos por salud mental, una prestación que permite a las personas tomar unos días remunerados para que puedan recuperarse mentalmente.
El proyecto, que ya fue turnado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara Baja, plantea como obligación patronal otorgar un permiso por salud mental de hasta siete días, los cuales podrán ser continuos o no. Se podrá acceder hasta dos veces al año a esta prestación.
La propuesta es impulsada por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC). “El reconocer y establecer esta propuesta en la Ley, sería un reconocimiento a nuestro país por ser visionario al comprender que podemos adaptar nuestro marco jurídico a aquellas situaciones que sabemos que existen pero que poco se habla y poco se atiende”, argumentan los legisladores en la iniciativa.
- El acceso a estos permisos sería a través de un justificante expedido por un profesional de la salud adscrito a una institución pública o privada, la cual tendrá que estar acreditada y registrada ante la Secretaría de Salud, dependencia que se encargaría de emitir convenios de cooperación y de evaluar su actualización cada año.
- La iniciativa contempla la posibilidad de que los permisos laborales por salud mental se usen en más de dos ocasiones en un año, pero sólo cuando se presente un nuevo documento expedido por un profesional de la salud que justifique la prórroga, la cual no podrá extenderse más de 180 días.
“Cuando se trata de la salud mental, no se tiene un pronóstico claro sobre cuándo y en qué momento las personas podrán sentirse mejor, eso depende de cada quien, y es diferente en todos los casos, por lo que se sugiere que si requieren de mayor tiempo, puedan tomarse permisos que no sobrepasen ciento ochenta días, siempre y cuando el personal médico encargado de emitir dichos documentos de permisos, justifique debidamente la necesidad de ampliar la temporalidad”, se indica en la propuesta.
- Una vez que la persona entregue el justificante, el permiso deberá otorgarse en un plazo no mayor a cinco días. Para garantizar la confidencialidad, los empleadores tendrán prohibido cuestionar al trabajador sobre su condición de salud mental.
- Estos días de ausencia serán adicionales a otros permisos y prestaciones a los que tengan derecho los trabajadores.
Obligar a las personas empleadoras a otorgar este tipo de permisos, es un acto de responsabilidad social y fomenta una cultura de apoyo y cuidado. En algún momento de nuestras vidas, todas y todos hemos pasado por situaciones en las que es necesario tomar un respiro para continuar”, señalan los diputados y diputadas en la exposición de motivos.
La bancada de MC reconoce en la iniciativa que México ha avanzado en el reconocimiento de la importancia de la salud mental en el trabajo, a través de la actualización de la tabla de enfermedades laborales, la cual incluyó por primera vez trastornos mentales, o la adopción de la NOM-035 sobre prevención de factores de riesgo psicosocial; sin embargo, la legislación laboral aún requiere ajustes en esta materia.
Nuevo en México, pero no en el mundo
Los permisos laborales por salud mental no son una prestación nueva en otras economías. La experiencia internacional indica que las licencias pueden ir de 7 a 15 días.
Estos son algunos países que cuentan con la figura legal:
- Reino Unido. Tiene un permiso de hasta 7 días naturales.
- Irlanda. Cuenta con un permiso de hasta 7 días, no se requiere justificante, salvo que se necesita una extensión.
- Chile. Ofrece una licencia de hasta 15 días, si se excede esa temporalidad, se requiere un certificado médico.
- Brasil. Tiene una licencia de 15 días, ligada a una evaluación de un profesional de la salud.
- España. Su licencia de salud mental es diferenciada: 15 días en casos de ansiedad y depresión, por ansiedad general son 30 días, por ansiedad fóbica sin origen hasta 45 días y por ansiedad por afección fisiológica hasta 60 días.
“Sin embargo, en nuestro país funciona de forma diferente, pues los trastornos no siempre están ligados como resultado de la actividad laboral, –como se establece en el artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo–, y es justamente este principio como el primer obstáculo para que no se concedan los beneficios de tratamiento o indemnizaciones, pues las personas trabajadoras deben documentar que la enfermedad se desarrolló en el trabajo”, aseguran los legisladores de Movimiento Ciudadano/CONGRESO-PUNTOporPUNTO