La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las licencias por maternidad y paternidad deben ser iguales en tiempo.
- El artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur establecía 90 días naturales por licencia de maternidad, contra 10 días hábiles por licencia de paternidad.
- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acusó que la diferencia de días violaba el principio de igualdad para padres biológicos y/o adoptantes.
- El caso llegó al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde los ministros resolvieron por mayoría de votos que las licencias diferenciadas son desproporcionadas e injustificadas.
Determinó que el cuidado de hijas e hijos debe recaer por igual en ambos padres, quienes deben poder acceder por igual a la ampliación de la licencia en casos especiales como discapacidad o atención hospitalaria del recién nacido.
El Congreso de Baja California tendrá 12 meses para realizar los ajustes necesarios para ampliar el periodo de la licencia de paternidad, a fin de que sea igual que el de maternidad.
- Los ministros de la Corte también consideraron regresiva una reforma que eliminó la obligación de contar con salas de lactancia en instituciones públicas y redujo los descansos para lactancia o extracción de leche materna.
Invalidó así la disposición en la ley de Baja California Sur. /CONGRESO-PUNTOporPUNTO