Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó “lisa y llanamente” las multas impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a candidatos de la elección judicial, incluidos aspirantes a ministros, por aparecer en acordeones.
- De esta forma puso fin a las sanciones del INE por un monto general de poco más de 6 millones de pesos en contra de 176 candidaturas, a quienes se les fijaron multas variadas según el tope de gastos de campaña y su capacidad de pago.
- El argumento del Instituto fue que sus nombres aparecieron en las listas impresas o digitales elaboradas en el contexto de la contienda inédita del pasado 1 de junio, y por tanto consideró que fueron beneficiarios de propaganda indebida, pero el TEPJF señaló hoy que no quedó comprobado el supuesto beneficio, la distribución masiva y menos que el electorado hubiera tenido acceso a las guías o las haya utilizado al votar.
En términos similares a los expuestos cuando fue calificada la contienda inédita del pasado 1 de junio, el bloque mayoritario integrado por Mónica Soto (presidenta hasta hoy), Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, reconoció que las guías sí existieron (se identificaron 336, de 10 modelos distintos y tres sitios digitales), pero a su juicio no se comprobó el uso e impacto de los llamados acordeones.
“No bastan las ganas de querer ir por más (…) No se puede probar nada con documentos (acordeones) que ni siquiera fueron utilizados el día de la jornada electoral”, dijo Soto en referencia a las papeletas que en una sesión de agosto mostró su colega Reyes Rodríguez Mondragón como prueba de una violación a las normas.
- En la sesión de este jueves fueron resueltos poco más de 400 asuntos, agrupados en casi 180 proyectos, la mayoría relacionados con el tema de los acordeones; dos de los magistrados (Claudia Valle y Gilberto Batiz) abandonaron el salón, al excusarse de votar los asuntos de los que ellos mismos fueron parte, no solo por haber surgido de esta elección judicial sino porque también impugnaron las multas del INE.
- Rodríguez y Janine Otálora, quien participó por última vez en este pleno, al dar por concluido el cargo y la temporalidad para la cual fue designada hace nueve años, fueron de nueva cuenta minoría.
El primero proponía ratificar las multas, al sostener que las candidaturas obtuvieron un beneficio indebido, por la difusión frente al electorado, de su nombre, número y color de boleta , así como la solicitud de voto en su favor, sobre todo en la divulgación de datos por la vía digital.
“Tanto los acordeones como la propaganda digital forman parte de un mismo fenómeno de promoción indebida. La sola existencia del beneficio basta para configurar la infracción y obliga a sancionar la omisión del reporte correspondiente”, dijo Rodríguez.
En tanto, la magistrada Otálora hizo una crítica a la investigación del INE, por lo que propuso devolver los expedientes a fin de que el órgano ahonde en el origen y uso los acordeones.
- Dijo que pese a que este escenario inédito exigía al INE exhaustividad, este órgano tuvo un “escaso empeño” en cumplir sus objetivos y, al contrario, “de manera incongruente” cerró las investigaciones al responsabilizar a las candidaturas.
- Mi posición en estos asuntos – añadió- no avala la distribución y beneficio de los acordeones, sino que, a mi juicio, el INE debe seguir con la investigación para determinar plenamente las responsabilidades y fijar las sanciones.
Sin embargo, esta opción no prosperó, bajo el argumento de que si antes no se probaron los beneficios a las candidaturas, ahora menos.
El magistrado Felipe Fuentes subrayó que el INE “tuvo por probada la existencia de los materiales, pero no de la infracción. No reconstruyó la cadena fáctica ni acreditó el elemento de culpabilidad necesario para imponer sanciones, y aun así sostuvo que al haber aparición de un nombre en los materiales bastaba para configurar el beneficio y con ello la responsabilidad indirecta”.
Sin embargo, no apoyó la alternativa de Otálora. “El procedimiento no puede mantenerse abierto de manera indefinida con la esperanza de encontrar a posteriori lo que no se acreditó en el momento procesal oportuno”, advirtió Fuentes./CONGRESO-PUNTOporPUNTO
 
                






















