Nueva legislación mexicana en materia de INVERSIÓN traerá un relajamiento de la POLÍTICA FISCAL

La nueva legislación mexicana en materia de inversión conjunta entre entes públicos y privados (inversión mixta) apunta a agilizar proyectos de infraestructura, pero con el riesgo de una gestión discrecional y de un relajamiento de la política fiscal, afirman especialistas.

  • Este 9 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, que regulará el nuevo modelo de inversiones mixtas.
  • Dicho decreto también incluye reformas y adiciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que eran necesarias para la operatividad de la nueva ley de inversiones mixtas.

La nueva normatividad establece nuevas modalidades para emprendimientos conjuntos, buscando mayor flexibilidad, pero también más control estatal respecto de otras figuras como las Asociaciones Público-Privadas (APP), todavía vigentes.

“El nuevo esquema propone mayor flexibilidad, participación más activa del Estado en financiamiento y riesgos, estructuras contractuales menos estandarizadas y el uso de vehículos financieros que quedarían fuera del presupuesto”, opinó en un reporte Arely Medina, economista de Banamex.

De acuerdo con Medina, la regulación actual de las APP, los proyectos requieren de procesos más largos de evaluación, asignación contractual estricta de riesgos, reconocimiento explícito de obligaciones de largo plazo y altos niveles de incertidumbre jurídica “lo que limita su uso”.

Aunque aún falta su reglamentación, la nueva ley, en cambio, plantea en términos generales una gestión más ágil de los proyectos.

  • Empezando porque las aprobaciones se gestionarán en una sola ventanilla, que es la del nuevo Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura (Consejo de planeación), una instancia intersecretarial que será presidida por la persona titular del Ejecutivo Federal.
  • La nueva legislación establece tres esquemas de contratación de proyectos con privados. El primero es la contratación de largo plazo, en la que el privado puede participar desde el financiamiento hasta la prestación de un servicio durante un plazo determinado.
  • El inversionista recibe pagos periódicos, contraprestaciones o ingresos derivados del proyecto. Al finalizar el contrato lo más común será la transferencia de los activos al sector público.

La segunda modalidad es la inversión mixta, en la que el ente público participa en el capital social o patrimonio del vehículo de inversión elegido para ejecutar el proyecto.

El sector público puede participar mediante aportaciones de capital, bienes muebles o inmuebles, derechos de explotación, concesiones y permisos.

En este esquema se comparten riesgos, costos y utilidades conforme al interés de participación de cada parte.

Finalmente se contemplan los esquemas establecidos en leyes específicas, como los establecidos en la Ley del Sector Eléctrico y la Ley de Hidrocarburos, por mencionar dos ejemplos.

Para ejecutar las inversiones, la nueva legislación contempla la utilización de Vehículos de Propósito Específico (VPE), tales como fideicomisos (públicos o privados), sociedades mercantiles (S.A., S.A.P.I., S.A.B.) o empresas de participación estatal mayoritaria.

Reto presupuestario

La nueva ley de inversiones mixtas también permite que el Estado, bajo ciertas condiciones y excepciones, iniciar los trámites para la aprobación y contratación de proyectos de inversión sin poseer inicialmente la suficiencia presupuestaria (Artículo 35 bis).

  • Sin embargo, la dependencia o entidad interesada debe tramitar las adecuaciones presupuestarias necesarias para contar con la suficiencia antes de la emisión del fallo o de la adjudicación del contrato (Artículo 85).
  • Para Arely Medina, el permitir que avance el trámite del proyecto sin suficiencia presupuestaria correspondiente es una práctica que puede afectar la credibilidad de las finanzas públicas.

“Esto introduce riesgos, dado que en la práctica invierte la lógica presupuestaria en el sentido de que no sería el presupuesto el que define los proyectos, sino que los proyectos presionan para que el presupuesto se ajuste en años posteriores”, refirió.

En tanto, en opinión del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), la nueva legislación tiene otro problema importante, que tiene que ver con el margen de discrecionalidad del nuevo Consejo para aprobar los proyectos.

“Deja margen para la discrecionalidad en la determinación de qué proyectos son estratégicos, no ofrece protección jurídica ante actos de autoridad, ni establece cómo se deducen los costos operativos antes de distribuir beneficios”, afirma.

La nueva ley es la apuesta del gobierno mexicano para detonar inversiones por hasta 5.6 billones de pesos del 2026 al 2030, según lo estima el Plan de Inversión en Infraestructura para el Desarrollo con Bienestar 2026 – 2030, presentado en febrero pasado.

La nueva legislación

Se prevén tres esquemas de asociación, que se pueden instrumentar a través de Vehículos de Propósito Específico (VPE), tales como fideicomisos, sociedades mercantiles o empresas de participación estatal mayoritaria:

1. Contratación de Largo Plazo

El sector privado o social participa en diversas etapas del proyecto (desde el financiamiento hasta la prestación de servicios) durante un plazo determinado. El Estado remunera al privado mediante pagos periódicos. Al finalizar el contrato, es obligatoria la transferencia de los activos al sector público.

2. Inversión Mixta

Se comparten riesgos, costos y utilidades conforme al interés de participación de cada parte. El ente público interesado debe mantener una participación (directa o indirecta) en el capital social o patrimonio del vehículo jurídico utilizado. El sector público puede participar, por ejemplo, mediante aportaciones de capital.

3. Esquemas de Leyes Específicas

La ley permite la coexistencia con mecanismos establecidos en legislaciones de sectores particulares, como el energético./Agencias-PUNTOporPUNTO

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