CORTE valida acuerdo de la SEP; estos son los alumnos que si podrían REPETIR grado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y su validación del acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) que impide reprobar a los alumnos y alumnas de educación básica ya sea en escuelas públicas y privadas. En El Heraldo de México te explicamos en qué consiste dicha medida.

  • El fallo responde a un amparo promovido por el Colegio El Roble, un plantel privado que buscaba mantener la facultad de reprobar a alumnos que no cumplieran con los criterios académicos. Dicha medida ha generado debate en la opinión pública pero existen argumentos para su aplicación.

El Acuerdo 10/09/23, emitido por la autoridad educativa, establece que en preescolar y primer grado de primaria se aplicará la promoción automática, sin considerar el porcentaje de asistencias ni las calificaciones obtenidas. Para los grados superiores se acordó lo siguiente.

Estos son los alumnos que si podrán repetir grado

De acuerdo con la información oficial, a partir del segundo año de primaria se establecen criterios de acreditación basados en el desempeño académico en una escala numérica de 5 a 10. La SEP explica que, de segundo a sexto grado de Primaria, los estudiantes pasarán de grado cuando tengan un promedio final mínimo de 6.

  • Si la evaluación es menor no se aplicará la promoción. Respecto al caso de los alumnos y alumnas de secundaria el criterio sería el mismo: solo pasarán de grado con un promedio final mínimo de 6 en cada una de las disciplinas evaluativas. Únicamente se aplicará la promoción de 1 grado de primaria y preescolar.

Uno de los argumentos de la SEP para utilizar dichos criterios es asegurar el derecho a la educación, es decir, la dependencia busca que factores externos como la falta de recursos o situaciones extraordinarias impidan su acceso o permanencia en la escuela./Agencias-PUNTOporPUNTO

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