La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó en mayo pasado el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) que impide reprobar a estudiantes de educación básica, decisión que aplica a escuelas públicas y privadas.
- El fallo responde a un amparo promovido por el Colegio El Roble, un plantel privado que buscaba mantener la facultad de reprobar a alumnos que no cumplieran con los criterios académicos o de asistencia.
- El Acuerdo 10/09/23, emitido por la autoridad educativa, establece que en preescolar y primer grado de primaria se aplicará la promoción automática, sin considerar el porcentaje de asistencias ni las calificaciones obtenidas.
- Para los grados superiores de primaria y secundaria, el acuerdo flexibiliza los criterios de acreditación, eliminando el requisito de 80% de asistencia mínimay permitiendo mecanismos de regularización para quienes no aprueben todas las asignaturas, pero no establece la promoción automática en todos los casos. La SCJN determinó que este acuerdo es constitucional y respeta el derecho a la educación consagrado en la ley.
Resolución de la SCJN y alcance del acuerdo
El criterio es aplicable en los planteles del sistema público y en las escuelas privadas incorporadas al sistema educativo nacional. En el fallo, la Corte señaló que la autoridad educativa federal (la SEP) tiene competencia para definir los mecanismos de evaluación y promoción de los estudiantes.
El acuerdo también elimina el requisito de 80% de asistencia mínima para acreditar el ciclo escolar.
Cambios en los criterios de evaluación
La SEP argumnetó que estas modificaciones buscan garantizar el derecho a la educación de todos los niños, niñas y adolescentes, evitando que factores externos, como la falta de recursos o situaciones extraordinarias, impidan su acceso o permanencia en la escuela.
- Con la sentencia, la promoción automática de grado se convierte en regla según las disposiciones del acuerdo de la SEP.
- Según el acuerdo avalado, los estudiantes podrán pasar de año aun cuando tengan hasta cuatro materias no acreditadas en secuendaria.
La única excepción corresponde a los casos en los que existan causas graves plenamente justificadas, bajo criterios definidos por la autoridad educativa.
Argumentos y reacciones institucionales
El Colegio El Roble promovió el amparo contra el acuerdo, argumentando que la medida afecta la calidad educativa y limita su autonomía para establecer sus propios criterios de evaluación. Sin embargo, la SCJN desechó estos argumentos, al considerar que la medida protege el interés superior de la niñez y promueve la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación.
El ministro ponente subrayó que la SEP tiene la facultad de establecer los lineamientos generales en la materia y que el acuerdo no vulnera derechos de los planteles particulares, ya que la educación básica es un servicio público regido por el marco normativo nacional.
Implicaciones para escuelas públicas y privadas
El acuerdo y la resolución de la Corte establecen que tanto instituiciones públicas como privadas deberán permitir el avance de los alumnos de grado, sin reprobar por inasistencia, siempre que no existan causas graves plenamente justificadas.
Lo que dice la Suprema Corte de la medida
La SCJN fundamentó su decisión en la obligación del Estado de garantizar el derecho a una educación de excelencia y en el principio de igualdad.
- Se argumentó que impedir el paso de grado por motivos de asistencia o rendimiento puede perpetuar desigualdades sociales y limitar el desarrollo de los menores.
El acuerdo y su validación por la Corte se inscriben en una política pública orientada a ampliar el acceso y la permanencia en la escuela, priorizando el interés superior de niñas, niños y adolescentes por encima de criterios punitivos o restrictivos.
Alumnos que no pueden reprobar
Según la norma de la SEP, hay niveles educativos donde la promoción de nivel se otorga de manera automática, por el hecho de que el único requisito es presentar el curso.
- Se trata del nivel preescolar, donde se establece que cada grado será acreditado por el estudiante únicamente basándose en la asistencia, por lo que la promoción al siguiente nivel se realiza bajo el mismo criterio.
Cuando pasan a primer grado de primaria la acreditación es con la asistencia del alumno; sin embargo, cambia a partir del segundo año:
- “La evaluación del aprendizaje para los tres grados de preescolar (fase 2) no se determinará con valores numéricos; se acreditará cada grado con base en la asistencia y la promoción se realizará bajo el mismo criterio”, se lee en el acuerdo para la evaluación de aprendizaje, promoción, regularización y certificación de Educación Básica de la SEP.
Alumnos que podrían reprobar
Desde 2° año de primaria, la SEP introduce los criterios de acreditación basándose en el desempeño académico en una escala del 5 al 10.
- Sin embargo, de 2° a 6° grado de Primaria, los estudiantes pasarán de año cuando tengan un promedio final mínimo de 6, cuando la evaluación sea menor la promoción al siguiente nivel no se realizará.
Mientras que en secundaria el criterio es el mismo, los alumnos y alumnas solo pasarán de grado con un promedio final mínimo de 6 en cada materia.
- Así lo explica la SEP: “Para las fases 3, 4 y 5, es decir, los seis grados de primaria, el resultado de la evaluación se expresará en escala de 5 a 10 con observaciones y sugerencias en cada campo formativo.
- Primer grado se acreditará con base en la asistencia, y de segundo a sexto grado se promoverá a las y los alumnos cuando obtengan promedio final mínimo de 6 en los campos formativos”.
SCJN impone «nuevo modelo de evaluación educativa»
- Durante la discusión del caso, Lenia Batres señaló que el concepto de excelencia educativa no puede reducirse únicamente al cumplimiento de asistencia o a calificaciones numéricas.
“La educación de excelencia no se agota en registros de asistencias o en acreditaciones de asignaturas o grados mediante mediciones numéricas cuantitativas, pues esa perspectiva resulta reduccionista frente a la complejidad y pluralidad de factores que integran este principio, que incide en la formación de más de 23 millones 358 mil 341 alumnas y alumnos de nuestro país”, expresó la ministra.
- El acuerdo de la SEP reorganiza los planes de estudio en fases y campos formativos y establece nuevos criterios de evaluación para educación básica.
Entre las modificaciones se contempla que estudiantes de preescolar y primer grado de primaria avancen automáticamente de nivel, además de que en secundaria se implementen mecanismos de regularización antes de considerar la reprobación.
SEP elimina asistencia mínima obligatoria para reprobar
- La normativa también elimina el requisito de asistencia mínima como condición indispensable para acreditar materias y plantea que la evaluación del aprendizaje no dependa exclusivamente de calificaciones numéricas.
Según lo expuesto durante la sesión de la Corte, el modelo busca prevenir la exclusión escolar y priorizar procesos de aprendizaje integrales.
- Los ministros señalaron que estas medidas son compatibles con experiencias internacionales aplicadas en países como Dinamarca y Finlandia, donde los sistemas educativos utilizan criterios de evaluación más amplios y no centrados únicamente en exámenes o promedios.
Colegio argumentó afectaciones a la excelencia académica
- El Colegio Roble promovió un juicio de amparo argumentando que el acuerdo de la SEP afectaba principios relacionados con la excelencia académica, la disciplina escolar y la erradicación de la ignorancia.
No obstante, la Suprema Corte resolvió mantener vigente la política educativa impulsada por la SEP. Durante el debate, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar, sostuvo que la asistencia escolar no necesariamente refleja el nivel educativo de una persona estudiante.
- El ministro añadió que, en algunos casos, las ausencias pueden estar relacionadas con problemáticas familiares o sociales que requieren atención institucional, en lugar de sanciones automáticas para niñas, niños y adolescentes.
Con esta resolución, la SCJN confirmó la validez constitucional del acuerdo educativo implementado por la SEP desde 2023 y mantuvo vigentes los criterios de evaluación y promoción escolar establecidos para el sistema educativo nacional.
No reprobar, riesgo para el aprendizaje
Consultados por El Universal, especialistas en temas educativos advierten que flexibilizar la educación básica para que no haya reprobados, así como el pase de grado, no resuelve los rezagos acumulados tras la pandemia y podría profundizar las deficiencias en lectura, escritura y matemáticas, sin estrategias de recuperación académica.
Hacer que esos años, primaria y secundaria, no sea posible reprobar elimina señales de alerta e incentivos institucionales para generar apoyos tempranos, consideran expertos.
Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el modelo de evaluación escolar de la Secretaría de Educación Pública (SEP) vigente desde 2023, el cual limita la reprobación de alumnos en educación básica y flexibiliza el pase de estudiantes de primaria y secundaria al siguiente grado escolar.
- Lo anterior, incluso con rezagos académicos y en un contexto donde dos de cada tres alumnos no dominan operaciones matemáticas básicas y cinco de cada 10 no alcanzan niveles mínimos de comprensión lectora.
- El pasado 7 de mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación respaldó el modelo de evaluación escolar aplicado por la SEP desde hace tres años, bajo el cual la reprobación de alumnos en educación básica debe aplicarse solamente en casos excepcionales. Los ministros concluyeron que la SEP sí puede definir las reglas para evaluar, acreditar y promover a estudiantes de primaria y secundaria.
La SEP ha sostenido que el esquema busca evitar que la reprobación provoque abandono escolar, estigmatización o afectaciones emocionales en niñas, niños y adolescentes; aunque expertos señalan que promover estudiantes sin garantizar aprendizajes mínimos puede trasladar los rezagos de un grado a otro.
- Para Erik Avilés, director general del organismo civil Mexicanos Primero en Michoacán, la resolución de la Corte “deja firme un modelo de evaluación que nació enfermo de diagnóstico”, al validar un sistema que flexibiliza la reprobación en medio de una crisis de aprendizaje.
‘Es una declaración de política pública que dice, implícitamente, que el Estado mexicano prefiere que los niños y niñas avancen en los documentos escolares aunque no avancen en el conocimiento. Aprobar sin aprender no es garantizar el derecho a la educación; es garantizar la ficción de la educación’, sostiene.
Aunque aclara que “nadie en el activismo educativo serio defiende la reprobación como castigo”, advierte que eliminar señales de alerta impide identificar a estudiantes que necesitan apoyo académico.
‘El nuevo modelo aprobado y ahora blindado por la Corte diluye esas señales. Un alumno que avanza de grado sin haber consolidado competencias básicas es un alumno condenado a acumular deudas de aprendizaje’, afirma.
- Sobre la eliminación de la asistencia como criterio automático de no acreditación, reconoce que existen estudiantes que faltan a clases por pobreza o problemas familiares; sin embargo, sostiene que la solución no es invisibilizar el problema.
‘La respuesta correcta no es borrar el registro del ausentismo; es atacar sus causas con becas, transporte, comedores y servicios sociales’, apunta. También cuestiona el esquema que permite a estudiantes de secundaria avanzar con hasta cuatro materias no acreditadas sujetas a regularización, pues las escuelas carecen de condiciones para brindar ese acompañamiento.
- ‘El proceso de regularización ocurre en escuelas donde los grupos tienen 40 o más estudiantes y donde las tutorías académicas son, en la mayoría de los planteles, una promesa vacía’, advierte.
- Añade que dar mayor peso al criterio docente puede ser positivo frente a los exámenes únicos, pero subraya que ello requiere maestros con tiempo y condiciones adecuadas para realizar evaluaciones formativas.
Asimismo, considera especialmente delicada la acreditación automática en preescolar y primer grado de primaria, debido a que son etapas clave para detectar problemas tempranos de lectoescritura y pensamiento lógico-matemático.
‘Hacer que esos años sean irreprobables elimina señales de alerta e incentivos institucionales para generar apoyos tempranos’, afirma. Avilés sostiene además que reducir el abandono escolar requiere políticas integrales de apoyo social y no solo flexibilizar los criterios de evaluación.
‘Lo que sí reduce el abandono escolar son las transferencias condicionadas robustas, el acceso a alimentación escolar, los programas de detección temprana de violencia intrafamiliar, los psicólogos y trabajadores sociales en las escuelas’, indica.
También advierte que las consecuencias podrían ser más graves para niñas y adolescentes en contextos de pobreza o comunidades rurales e indígenas, donde la desvinculación escolar suele acelerarse cuando el aprendizaje pierde significado.
En el mismo sentido, Paulina Amozurrutia, fundadora y coordinadora nacional de la organización civil Educación con Rumbo, sostiene que una educación de calidad debe basarse en evidencia científica y mecanismos de evaluación que permitan detectar rezagos y fortalecer el aprendizaje.
‘La evaluación permite que el alumno identifique su nivel de aprendizaje y fortalezca sus puntos de mejora. Quitarle valía y no tomarla como punto indispensable para el cambio de ciclo escolar agranda la brecha educativa en nuestro país’, afirma.
También menciona que la asistencia escolar debería seguir siendo un componente relevante dentro de la evaluación integral, debido a que el ausentismo afecta tanto el desempeño individual como el desarrollo pedagógico de los grupos.
‘Al quitar estos requisitos como parte de una evaluación integral y del acceso a los siguientes grados escolares, no mejora la calidad educativa; por el contrario, la entorpece’, sostiene. Amozurrutia considera que la prioridad debería centrarse en programas de regularización académica, capacitación docente y ajustes curriculares y del calendario escolar para atender los rezagos acumulados.
‘Estas determinaciones son más una decisión política que pedagógica’, agrega.
- 4 materias reprobadas pueden tener alumnos de secundaria y aún así avanzar de grado.
- El dato. Actualmente, el rezago académico denota que dos de cada tres alumnos no dominan operaciones matemáticas básicas.
- La asistencia a clases se eliminó como criterio para la no acreditación./Agencias-PUNTOporPUNTO






















