La SEGURIDAD del CIUDADANO

El debate histórico sobre la concepción de seguridad nacional ha confundido la protección legítima del Estado con la mera supervivencia del régimen político o la burocracia en el poder. Sin embargo, cuando analizamos los bienes jurídicos tutelados por la seguridad nacional desde una perspectiva verdaderamente democrática, resulta evidente que el beneficiario final y absoluto de esta protección no es el Estado de forma aislada, sino el ciudadano, cuando las libertades, la integridad del territorio y el mantenimiento del orden constitucional carecen por completo de sentido ético y legal si no están orientados directa e inequívocamente a garantizar el bienestar, la dignidad y el ejercicio pleno de los derechos humanos de todos los ciudadanos.

Durante décadas, y especialmente bajo los paradigmas impuestos por la Guerra Fría, la doctrina de la seguridad nacional priorizaba la defensa del aparato gubernamental frente a todo tipo de amenazas, justificando a menudo el sacrificio de los derechos fundamentales. Este fue el razonamiento de la izquierda para establecer las luchas políticas por una representación política en el Congreso y sus Cámaras, pero al tener esa anhelada representación, esta narrativa carece de sentido. Hoy la realidad es distinta y la comprensión de este concepto ha evolucionado de manera indispensable hacia un modelo centrado en la persona.

La seguridad nacional encuentra su verdadera legitimidad y validez únicamente cuando se articula como el cimiento indispensable para que exista la seguridad ciudadana y humana. El Estado, como un ente abstracto e instrumental, no posee derechos inherentes en el mismo sentido moral y jurídico que las personas; posee únicamente facultades y obligaciones delegadas. Por consiguiente, los bienes jurídicos supremos que salvaguarda, como la soberanía o la independencia, son medios y no fines. No se protege la integridad territorial por un simple apego geográfico o histórico, sino porque representa el entorno vital material donde el ciudadano ejerce sus libertades civiles y construye su proyecto de vida libre de coacciones externas, en un tejido social con condiciones fijadas por las normas y ejercidas por las instituciones.

Cuando el marco legal tipifica los delitos contra la seguridad nacional o despliega aparatos de inteligencia para defenderla, los intereses jurídicamente protegidos remiten de manera invariable al tejido social. La paz pública, la consolidación del régimen democrático y la fortaleza de las instituciones son bienes de propiedad colectiva, por ningún motivo y en ninguna circunstancia son propiedades exclusivas del gobierno. Si las capacidades del Estado se ven rebasadas y vulneradas por agentes desestabilizadores, como su propia corrupción e impunidad, las redes transnacionales de crimen organizado o el colapso sistémico de la gobernabilidad institucional, el daño profundo no lo resiente un edificio o una dependencia gubernamental, sino el ciudadano en lo individual, quien queda en estado de indefensión absoluta, expuesto a la violencia directa, a la extorsión sistemática y a la privación cotidiana de sus derechos fundamentales.

Bajo esta lógica estricta, la protección y resiliencia de las instituciones democráticas resulta del máximo interés público precisamente porque son las herramientas que la sociedad ha exigido por medio de los objetivos nacionales permanentes fijados en la parte dogmática de la Constitución y pactado para administrar la justicia y asegurar la cohesión. Cuando el Estado fracasa en tutelar con éxito estos inmensos bienes macroestructurales, se aniquila al mismo tiempo cualquier posibilidad de disfrutar de la seguridad ciudadana en el ámbito de lo cotidiano.

Hoy en día es necesario entender la seguridad ciudadana como un auténtico metaderecho humano, como una condición estructural y un prerrequisito obligatorio para que absolutamente todos los demás derechos civiles, económicos y sociales puedan ser ejercidos, disfrutados y reivindicados frente a los órganos del Estado mexicano y sus instituciones. Bajo esta óptica, las amenazas reales a la seguridad nacional trascienden el mero ataque a las esferas formales del poder, abarcando fenómenos de enorme magnitud social que destruyen la vida humana. Es así como la pobreza crónica, la impunidad, la corrupción y la violencia sistemática minan las bases de cualquier pacto social y tolerar que el Estado y sus instituciones prioricen su propia supervivencia institucional y política, por encima del deber por el cuidado del ciudadano y la sociedad a la que pertenece, pervierte la esencia fundamental del derecho moderno.

En conclusión, es necesario derribar la idea de que la seguridad nacional es un asunto reservado exclusivamente para los pasillos cerrados del poder o los altos mandos institucionales. Los bienes jurídicos que se protegen mediante estas estrategias de Estado conforman el patrimonio innegociable de cada persona.

El gobierno actúa simplemente como un administrador temporal, un garante obligado a sostener ese entorno de estabilidad para el beneficio directo y tangible de sus habitantes. La seguridad nacional se constituye como la garantía irrestricta de la dignidad humana. Por esta razón, el interés del ciudadano por auditar y exigir resultados en materia de seguridad nacional no es ninguna concesión, sino la expresión más alta de la soberanía.

*Es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de México
Correo electrónico: [email protected]
Twitter: @racevesj

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