El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las boletas electorales sin marcas de doblez no podrán contabilizarse como votos en las elecciones federales de 2027, al considerar que no existe una explicación física que permita acreditar que fueron depositadas correctamente en las urnas. La decisión, aprobada por unanimidad el miércoles 7 de octubre de 2026, revoca parcialmente los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) que permitían evaluar su posible contabilización. El organismo electoral deberá modificar sus reglas para excluir estas papeletas de los resultados.
- De acuerdo con un comunicado oficial de la Sala Superior del TEPJF, la resolución establece que una boleta sin las marcas de doblez necesarias para introducirla en la urna no puede vincularse objetivamente con un voto emitido conforme a la ley. La medida busca impedir que papeletas cuyo procedimiento de depósito no pueda acreditarse influyan en los resultados de una elección.
El fallo se produjo después de que partidos políticos y otros actores impugnaran los criterios aprobados por el INE para los cómputos electorales del proceso 2026-2027. Durante la discusión, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña utilizó una boleta y las dimensiones de una urna para explicar por qué una papeleta completamente extendida no podría haber ingresado por la ranura sin doblarse.
La resolución no significa que cualquier boleta extendida al momento del conteo deba descartarse. El criterio se refiere específicamente a aquellas en las que se compruebe la ausencia de las marcas de doblez necesarias para su depósito en la urna.
¿Qué son las boletas planchadas y por qué el Tribunal Electoral las invalidó?
Las llamadas “boletas planchadas” son papeletas electorales que aparecen sin señales de haber sido dobladas, pese a que sus dimensiones requieren plegarlas para introducirlas por la ranura de una urna.
Su presencia genera dudas sobre la forma en que llegaron al interior de la urna o a los paquetes electorales que posteriormente se utilizan para realizar los cómputos.
El Tribunal Electoral consideró que la emisión de un voto sigue una secuencia prevista en la legislación:
- El ciudadano recibe la boleta electoral.
- Marca la opción por la que desea votar.
- Dobla la papeleta para mantener la privacidad de su elección.
- Introduce la boleta doblada en la urna correspondiente.
- Al concluir la votación, los funcionarios de casilla extraen las papeletas para clasificarlas y contabilizarlas.
Para los magistrados, las marcas de doblez representan una evidencia física de que la papeleta siguió el procedimiento establecido.
Por ello, una boleta que no presenta esas señales, cuando eran necesarias para introducirla en la urna, no puede incorporarse a la votación contabilizada.
¿Por qué una boleta sin doblez no puede entrar en una urna electoral?
Durante la sesión pública, el magistrado Felipe de la Mata mostró las dimensiones de una boleta y las comparó con la abertura de una urna electoral.
En su exposición presentó las siguientes medidas:
- Boleta electoral: 20 centímetros de ancho por 28 centímetros de largo.
- Ranura de la urna: 12 centímetros de largo por 3 milímetros de ancho.
La diferencia entre ambas dimensiones fue utilizada para explicar que una papeleta de ese tamaño necesita doblarse para pasar por la abertura.
El argumento central del proyecto fue que una boleta sin las marcas necesarias de doblez no acredita haber seguido el procedimiento legal de votación, por lo que no debe tener efectos sobre el resultado electoral.
La propuesta fue respaldada por unanimidad de los integrantes de la Sala Superior.
¿Qué había aprobado el INE sobre las boletas sin doblez?
El conflicto comenzó con el acuerdo INE/CG542/2026, aprobado por el Consejo General del INE el 3 de septiembre de 2026, que establecía las reglas para atender este tipo de papeletas durante los cómputos distritales.
Según la explicación oficial del INE, publicada el 11 de septiembre, el procedimiento contemplaba que las boletas sin marcas de doblez fueran reservadas para que el Consejo Distrital evaluara cada caso.
Esto significaba que las papeletas no serían aceptadas ni rechazadas automáticamente. La autoridad distrital podría determinar si correspondía incorporarlas al cómputo, después de revisar la información disponible.
El INE defendía este mecanismo porque consideraba que permitiría documentar las irregularidades y tomar decisiones con base en las circunstancias de cada caso.
Sin embargo, el Tribunal Electoral concluyó que ninguna revisión documental puede justificar por sí misma cómo una boleta sin las marcas de doblez necesarias pudo haber ingresado en la urna.
Por esa razón, eliminó la posibilidad de que un Consejo Distrital autorizara su contabilización una vez acreditada esa irregularidad.
¿Qué pasará si encuentran boletas planchadas durante las elecciones de 2027?
Con la resolución del Tribunal Electoral, el INE tendrá que modificar los lineamientos para establecer cómo deben tratarse las papeletas que no presenten señales de doblez.
El procedimiento deberá contemplar los siguientes puntos:
- Identificación: los funcionarios electorales deberán detectar las boletas que no tengan las marcas necesarias para su depósito en la urna.
- Verificación: la autoridad correspondiente tendrá que determinar si efectivamente se presenta esa irregularidad.
- Invalidez: las papeletas en las que se acredite dicha condición no podrán sumarse a los resultados.
- Registro: el hallazgo y la cantidad de boletas deberán quedar asentados en la documentación electoral.
- Separación: estas papeletas tendrán que conservarse apartadas de las que sí fueron contabilizadas.
Por regla general, la determinación corresponderá a los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla.
De manera excepcional, los Consejos Distritales podrán identificar estas irregularidades durante los recuentos parciales o totales de votos.
En cualquiera de los casos, las boletas planchadas no deberán incorporarse a la suma de votos de los candidatos o partidos políticos, según el criterio aprobado por la Sala Superior.
¿Por qué los partidos de oposición impugnaron las reglas del INE?
Los lineamientos aprobados por el INE fueron cuestionados por partidos de oposición que consideraron que permitir la eventual contabilización de las boletas sin doblez generaba incertidumbre sobre la autenticidad de los votos.
Entre los partidos que impugnaron el acuerdo se encuentran:
- Partido Acción Nacional (PAN).
- Partido Revolucionario Institucional (PRI).
- Movimiento Ciudadano (MC).
- Somos.
- PAZ.
Los inconformes argumentaron que una boleta que no presenta las señales físicas necesarias para acreditar su depósito en la urna no debería influir en los resultados electorales.
Al resolver el expediente SUP-JDC-473/2026 y sus acumulados, el TEPJF respaldó ese planteamiento y ordenó modificar los lineamientos.
La decisión no anuló todas las reglas del INE para los cómputos de 2027. La revocación fue parcial y se concentró en el tratamiento de las boletas sin marcas de doblez.
¿Qué antecedentes existen de boletas planchadas en México?
La discusión sobre las boletas sin doblez adquirió relevancia durante las elecciones judiciales de 2025.
En ese proceso se detectaron cientos de papeletas sin señales de haber sido dobladas dentro de paquetes electorales, principalmente en Chiapas.
De acuerdo con información publicada por La Jornada, el INE determinó invalidar los votos de poco más de 400 casillas en ese contexto.
El antecedente puso sobre la mesa la necesidad de establecer criterios para identificar estas irregularidades y evitar que papeletas cuyo origen no pueda acreditarse afecten el resultado de una elección./CONGRESO-PUNTOporPUNTO























