LEY de AMPARO de la 4T favorece a AUTORIDADES y pone en RIESGO al CIUDADANO: Expertos

El senador panista Ricardo Anaya advirtió que en la propuesta de reforma a la Ley de Amparo asoma una "manzana envenenada" que privaría a los ciudadanos de su derecho a defenderse de abusos de la autoridad.

La reforma a la Ley de Amparo tendrá un objetivo claro: favorecer a las autoridades por encima de los derechos de la ciudadanía. Así lo advirtió el doctor Román Lascano, coordinador del Foro de Constitucionalistas de México, en entrevista con Pablo Valdés y Juan Rivas en “A las Nueve en Uno“.

  • “Estamos viendo una reforma pro autoridad, es decir, en lugar de estar viendo una reforma a favor de los derechos humanos, a favor de los ciudadanos, a favor de las empresas, lo que se está buscando es coartar prácticamente el juicio de amparo para ciertas circunstancias y con ello favorecer únicamente a las autoridades”, señaló.

El especialista subrayó que esta propuesta “diluye el juicio de amparo y la defensa de los derechos humanos de las mexicanas y de los mexicanos” y advirtió que detrás existen tintes políticos para “limitar ciertos derechos a determinadas personas”.

Principales problemas de la reforma a la Ley de Amparo

Uno de los puntos más delicados, dijo, es la limitación a las suspensiones en casos de bloqueos de cuentas por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). “Con esta reforma prácticamente señala que no se podrá conceder suspensión alguna respecto de estos bloqueos y que por lo tanto será hasta el fondo del asunto”, explicó. Esto, advirtió, puede tardar años y “afectar a empresas, universidades o pequeños empresarios”.

  • También alertó sobre las consecuencias en casos de obras que impactan al medio ambiente o a comunidades específicas. “Con esta reforma lo que se busca es evitar a cualquier costa que los jueces de distrito se lleguen a pronunciar respecto de este tipo de circunstancias, afectando los intereses o los derechos de las minorías o de los intereses colectivos”, puntualizó.
  • Lascano recordó que desde el Foro de Constitucionalistas y la Asociación Nacional de Doctores en Derecho ya habían manifestado que esta reforma “iba a modificar la autonomía e independencia de nuestros poderes judiciales”. Según explicó, lo más grave es que las autoridades quedarían sin responsabilidad penal en caso de incumplir suspensiones o sentencias.

“Quiere decir que las autoridades al sólo manifestar que no pueden cumplir porque existe una imposibilidad jurídica o material, por lo tanto existiría una excepción o una excluyente de responsabilidad… y esto va a generar que cualquier presidente municipal manifieste que no tuvo conocimiento, que no puede dar cumplimiento a la suspensión y con ello hacer nugatorio el juicio de amparo”, sostuvo.

Acota los derechos humanos

Aunque aclaró que la reforma no elimina el juicio de amparo, sí lo restringe de manera severa. “No lo mata, pero sí acota la defensa de los derechos humanos, sobre todo porque van a tener un tribunal de inquisición judicial que lo que va a buscar es sancionar a los jueces y magistrados”, apuntó.

Finalmente, el constitucionalista llamó a que el Congreso reconsidere y escuche a la academia y a la sociedad civil:

  • “Hagamos votos de que en el Congreso se hagan las modificaciones necesarias y que al contrario, que le dé la voz a los abogados, a las organizaciones de la sociedad civil, para que esta reforma realmente beneficie los derechos humanos de las mexicanas y de los mexicanos y sobre todo que no se politice”.

Ley de Amparo es ‘una reforma pro autoridad’: abogado

El abogado y profesor especializado en amparo penal, Luis Eliud Tapia Olivares, analizó la iniciativa presentada al Senado por la presidenta Claudia Sheinbaum para reformar la Ley de Amparo y destacó múltiples preocupaciones sobre el contenido y las implicaciones de la propuesta.

  • Durante una entrevista con Aristegui en Vivo, calificó la iniciativa como “una reforma pro autoridad”. Señaló que aunque en la exposición de motivos de la iniciativa se identifican diagnósticos correctos, la “receta es incorrecta”.
  • Enfatizó la importancia de mejorar el acceso a la justicia para que “la mayoría de las personas accedan al amparo”, pero advirtió que la reforma no resuelve este problema: “La mayoría de las personas no puede acceder a los juicios de amparo y ese es parte del problema”.
  • Entre los puntos positivos en la reforma, el abogado mencionó el fortalecimiento del amparo electrónico. Sin embargo, alertó que “hay personas que no tienen acceso a medios electrónicos y que tiene que pensarse en eso. La brecha digital existe”.

Este avance, señaló, podría dejar fuera a personas sin acceso a internet o computadoras si el amparo se digitaliza completamente.

  • Tapia Olivares también destacó la propuesta para ordenar que se dicte sentencia “en 60 días naturales después de la audiencia constitucional”.
  • Aunque reconoció que este plazo “está bien”, advirtió que sin “recursos humanos y materiales suficientes” o jueces capacitados, “esos plazos son letra muerta”.
  • Enfatizó que las leyes están “llenas de plazos”, pero sin los medios para cumplirlos, estos carecen de efectividad.

Redefine el “interés legítimo”

Uno de los temas más preocupantes de los que advirtió es la redefinición del “interés legítimo”, figura jurídica que ha ampliado el acceso al amparo. El especialista expuso que el interés legítimo ha sido fundamental en casos emblemáticos, como el amparo presentado por el Centro Prodh junto con las familias de Ayotzinapa para cuestionar la investigación administrativa contra Tomás Zerón: “Se utilizó la figura de interés legítimo para presentar un amparo contra esa conclusión de la investigación administrativa”.

  • Además, indicó que el interés legítimo fue empleado para impugnar la omisión legislativa en materia de publicidad oficial, lo que llevó a que la Suprema Corte estudiara dicho amparo.
  • También ha sido utilizado en amparos contra la Ley de Seguridad Interior y en demandas presentadas por comunidades indígenas afectadas por megaproyectos que dañan el medio ambiente.
  • Según Tapia Olivares, “es una figura fundamental”, pero la nueva propuesta de ley plantea definirla de manera que se limite su uso, “lo que genera posibilidades de que menos personas puedan acceder al amparo”.

Límites a las suspensiones

Respecto a la suspensión en el juicio de amparo, consideró que esta figura es “central para que el amparo sea efectivo”.

Explicó que sin la suspensión, “prácticamente los amparos no sirven”, ejemplificando con la situación en la que una persona impugna una orden de demolición de su casa:

  • “Obviamente al presentar el amparo voy a decir por favor que se detenga la demolición mientras se revisa los méritos de mi demanda, porque si se continúa la demolición, cuando se termine el amparo meses o años después, ya mi casa estará derribada y no tendrá sentido el resultado final”.
  • Tapia Olivares criticó las nuevas limitaciones que la reforma plantea para suspender demandas de amparo, señalando que “parece una reacción frente a suspensiones de amparo que no le gustaron a la administración en el pasado”, como las suspensiones emitidas en materia de reforma eléctrica que tuvieron efectos generales y fueron consideradas violatorias de derechos humanos.
  • Por otro lado, el abogado señaló una preocupación que ha pasado inadvertida: las nuevas facilidades que se otorgarían a las autoridades para justificar el incumplimiento de sentencias mediante alegatos de “imposibilidad jurídica o material”.

Recordó que esta fue una práctica recurrente durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, cuando las autoridades evitaron cumplir la sentencia que ordenaba crear una comisión de investigación sobre el caso Ayotzinapa, argumentando dicha imposibilidad.

Sin consulta con la sociedad civil

En ese sentido, lamentó que esta figura se incorpore ahora a la ley de amparo sin un proceso de consulta amplio: “No vi que haya sido discutida, no vi que haya sido producto de una consulta amplia con la sociedad civil, con las personas afectadas, con la Academia, sino que viene simplemente de una decisión interna de la administración”.

  • Consideró que “lo ideal sería que se convocara a un parlamento abierto para discutir cada uno de los puntos”. También compartió que hace poco publicó un libro en el que propone modificaciones a la ley de amparo, defendiendo la idea de “volver a los orígenes”, para que el amparo sea “una figura noble, abierta para la población”, y que incluso se pueda presentar sin necesidad de abogados o abogadas.
  • “Para mí el amparo, como la tutela colombiana, debería poder presentarse sin tener abogado y abogada”. Puso como ejemplo el amparo contra la desaparición forzada de personas, que aunque ha mejorado su regulación, depende mucho de la reacción de cada tribunal, por lo que hay que fortalecer la suplencia de la queja y revisar las causales de improcedencia que actualmente limitan el acceso.

Tapia Olivares llamó a que una reforma integral sea “pro persona”, como establece el artículo primero constitucional, y no una que favorezca a las autoridades o debilite el juicio de amparo.

  • Señaló que, lamentablemente, el contexto actual de mayoría oficialista en ambas cámaras, sugiere que la reforma pasará “sin mayor discusión”, recordando que tras la reforma judicial se abrieron diálogos nacionales pero “nos dijeron que no iban a cambiar nada, nada de lo central”, e incluso que “muchos cambios fueron para empeorar”.

Alertó que si la reforma se aprueba:

  • “Lo natural sería que se presentara una acción de inconstitucionalidad contra alguna porción que contradiga la Constitución”, ya que la ley de amparo debe ser compatible con los artículos 103 y 107 constitucionales. Sin embargo, teme que la Suprema Corte tenga una posición “mayoritariamente pro autoridad y no en beneficio de las personas”.

El abogado expresó su preocupación porque la reforma podría fortalecer la prisión preventiva oficiosa. Señaló que “se dice que los jueces de amparo no podrían suspender la aplicación de la prisión preventiva oficiosa”, práctica que ha estado vigente al menos en la mitad del país mediante suspensiones que cumplen sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La reforma intentaría limitar esta posibilidad, lo que consideró “otro tema preocupante”.

  • Destacó que la reforma parece buscar “presumir que todos los actos de autoridad son correctos y legítimos solo porque fueron aprobados por una autoridad”, usando conceptos positivos como el bien público, la democracia o la colectividad de forma “perversa”, al aplicarlos en el juicio de amparo.
  • Según su diagnóstico, esta visión desprotege a las personas y otorga mayores facultades a las autoridades: “Ahora se presume que todo lo que hace la autoridad está bien”, mientras que “el amparo dejaría de servir a las personas y se convertiría en un mero ornamento histórico”.
  • Tapia Olivares concluyó: “El amparo es la figura para que una persona que no tiene poder, que no tiene acceso a los recursos, se pueda defender frente al Estado que tiene todo el poder y todas las posibilidades de actuar de modo arbitrario, y eso debe preocuparnos a todas las personas”.

Reforma a la ley de amparo, una manzana envenenada: Anaya

El senador panista Ricardo Anaya advirtió que en la propuesta de reforma a la Ley de Amparo asoma una «manzana envenenada» que privaría a los ciudadanos de su derecho a defenderse de abusos de la autoridad.

  • «Lo que ellos dicen es que tiene dos grandes beneficios. Primero, que van a ser más cortos los plazos; y segundo, que se va a adigitalizar. Pues bienvenido, qué bueno que sean más más cortos los plazos, qué bueno que se digitalice, pero ése no es el fondo del asunto: hay una manzana envenenada», dijo.

«Aquí lo que están haciendo es privando a los ciudadanos de su derecho de defenderse de actos ilegales de la autoridad. Esto va a acabar afectando a cientos de miles de personas, particularmente a los que menos tienen».

En opinión del ex candidato presidencial, los ciudadanos que no puedan hacerse de un abogado quedarán indefensos ante actos abusivos de la autoridad.

«Si no tienes dinero para tú pagarle al abogado, aun cuando se haya declarado que la ley es inconstitucional, te la van a aplicar. Si ganas un amparo y la autoridad no lo quiere respetar, basta con que la autoridad diga que tiene una imposibilidad jurídica o material y no lo va a tener que respetar», advirtió.

  • «Cuando haya daños ambientales masivos -abundó, si no demuestras que a ti te causa un perjuicio distinto, diferenciado al del resto de las personas, no vas ni siquiera a poder promover el amparo. Es una barbaridad lo que están haciendo.
  • Es el endurecimiento del régimen. Es acabar con una de las pocas figuras con las que todavía los ciudadanos se podían defender de un gobierno autoritario. Cada vez es más claro que en México estamos ante un régimen de corte autoritario».

Por el PRI, el senador Manuel Añorve adelantó el voto en contra de la bancada.

  • La iniciativa, aseguró, privilegia el interés jurídico y no el interés legítimo de la ciudadanía, por lo que trastoca de defenderte contra actos de autoridad.

Presidenta defiende su Reforma

Claudia Sheinbaum afirmó que las iniciativas de reformas legales que se relacionan con procesos judiciales y especialmente la que modifica la ley de Amparo pretenden hacer una justicia más expedita y no pasen años y años sin que haya una sentencia.

  • Sheinbaum subrayó que el objetivo central es hacer una justicia más expedita, una reducción de tiempos en los procesos judiciales, una reducción de tiempos y que no haya muchas personas presas que llevan años en la cárcel sin recibir sentencia alguna.

Sin embargo, destacó que por supuesto en la iniciativa se mantiene la defensa de los derechos del ciudadano frente a cualquier acto de autoridad, pero se busca que este tipo de recursos se resuelvan de manera más expedita.

Ley de Amparo, “nueva canallada jurídica”: Federico Döring

El diputado del PAN señala que se podría restringir la defensa de las y los ciudadanos contra abusos de autoridad

El diputado Federico Döring Casar (PAN) calificó como una “nueva canallada jurídica” en contra de las y los mexicanos la reforma que envió la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo al Senado, que modifica la Ley de Amparo

  • En declaraciones a representantes de medios de comunicación, indicó que con esto se podría restringir la defensa de las y los ciudadanos contra abusos de autoridad, ya que el amparo es lo único que “tenemos para defendernos del abuso de autoridad”, como el acceso a tratamientos médicos urgentes o la suspensión de proyectos que afectan propiedades privadas.
  • Sin embargo, señaló que, con la reforma, incluso si un ciudadano o una ciudadana tiene razón jurídica, la imposibilidad material, por ejemplo, la falta de presupuesto para medicamentos, podría impedir que se cumpla la sentencia.
  • “El amparo es lo que tenemos para defendernos de un mal gobierno, y es un reconocimiento del gobierno que va a ser tan malo, que ahora no nos vamos a poder ni siquiera defender… ¿Por qué? Porque nunca vas a ganar un amparo, o sea, lo que te dice la reforma es que, aunque tengas la razón jurídica, si hay una imposibilidad material, no se cumple la sentencia”, dijo.

Döring Casar dijo que como ejemplos emblemáticos están el aeropuerto de Texcoco y casos de quimioterapias, ya que la reforma permitiría que se realicen obras o se nieguen servicios esenciales, aun cuando la ley actual otorgue amparo, y también mencionó que presuntos delincuentes de alto perfil podrían aprovechar la reforma para evitar que se congelen sus cuentas ilícitas.

  • Asimismo, criticó la forma en que el gobierno ha manejado los procesos judiciales, ya que ciertos funcionarios vinculados a investigaciones importantes han recibido trato preferencial y han podido recurrir al amparo, mientras otros casos enfrentan retrasos prolongados.
  • Aseguró que la reforma representa un retroceso en la protección jurídica de las y los ciudadanos, y además es una prueba de fuego para el Gobierno Federal y para la justicia, ya que pondrá a prueba su capacidad de actuar con transparencia y aplicar la ley de manera equitativa.
  • Por otra parte, el legislador criticó la presunta impunidad en investigaciones relacionadas con el “huachicoleo”, ya que hay varios implicados, incluyendo funcionarios y familiares de la administración pasada que han obtenido amparos que retrasan o bloquean procesos judiciales.

Döring Casar cuestionó que, a pesar de órdenes de aprehensión emitidas desde agosto, éstas se ejecutaron hasta septiembre, por lo que consideró como un posible retraso estratégico coincidente con la visita de legisladores internacionales.

  • El diputado cuestionó el papel del secretario de Marina, Raymundo Pedro Morales Ángeles, en la difusión de información sobre el “huachicol”, al califaicar sus declaraciones como propaganda política de Morena que no reflejan la situación real de las y los implicados.

Ley de amparo favorece al SAT, en contra del ciudadano

La esperada reforma a la Ley de Amparo para modificar y fortalecer el marco legal mexicano. En dado caso de ser aprobada la iniciativa de reforma, uno de los ganadores será el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

  • En la iniciativa de reforma se propone que un contribuyente ya no podrá presentar el recurso de revocación cuando haya perdido un juicio de adeudo de impuestos contra el SAT.
  • Dicho de otra manera, el gobierno de Sheinbaum Pardo propone en la reforma a la Ley de Amparo establecer en el Código Fiscal de la Federación (CFF) la improcedencia del recurso de revocación contra actos de procedimiento administrativo de ejecución respecto de créditos fiscales firmes; así como de actos o resoluciones que resuelvan sobre solicitudes de prescripción de créditos firmes.
  • Por consiguiente, también se propone la improcedencia del juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en contra de los actos antes señalados, adecuándose para ello la Ley Orgánica del mismo tribunal.

Al respecto, Juvenal Lobato Díaz, catedrático en derecho fiscal en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), mencionó a este espacio que la iniciativa tiene como fin que no proceda ningún medio de impugnación cuando de por medio exista un adeudo ya en firme ante el SAT.

  • El también abogado constitucionalista mencionó que con la reforma lo que buscan evitar es que los contribuyentes establezcan prácticas dilatorias para el cobro de los créditos fiscales cuando estos ya prácticamente están firmes.
  • El catedrático de la UNAM advirtió que la aprobación de la Ley de Amparo puede ser violatorio de derechos porque se restringe el acceso a la justicia. En este sentido, explicó que el SAT ya podrá cobrar el adeudo aunque existan violaciones en el proceso.

El Poder Ejecutivo explica en la iniciativa que las impugnaciones de los contribuyentes generan dilaciones innecesarias mediante suspensiones y medidas cautelares, soslayando la capacidad que tiene el Estado para cobrar eficazmente los créditos fiscales firmes, lo que afecta la recaudación y, por ende, se acompaña de un impacto negativo al financiamiento de servicios públicos y el cumplimiento de funciones estatales en beneficio del interés colectivo.

  • De los datos con que cuenta el Servicio de Administración Tributaria se tiene que, durante los últimos 5 años, los juicios promovidos en contra de resoluciones determinantes de adeudos de impuestos tardaron en resolverse, de manera definitiva, en un promedio de 4 años.

No obstante, hay casos en los cuales la conclusión de la controversia ha excedido de los 10 años, asegura el gobierno mexicano.

  • Carro completo en el Código Fiscal de la Federación: Además de la reforma a la Ley de Amparo, el gobierno mexicano también reformará el CFF para dar más herramientas al SAT a la hora de cobrar adeudos.

De acuerdo con la Miscelánea Fiscal, que está incluida en el Paquete Económico 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) prevé modificaciones en el artículo 124 del Código para adicionar una fracción para que sea causal de improcedencia del recurso de revocación cuando un contribuyente manifieste desconocer el proceso.

Esto porque, dicen, el SAT ha detectado que un mayor número de contribuyentes que controvierten los actos administrativos mediante el recurso de revocación, argumentando desconocerlos, para obligar a la autoridad a darles a conocer el acto y otorgarles un plazo para ampliar el recurso y formular argumentos jurídicos para desvirtuar la legalidad de la notificación, así como del acto administrativo. /PUNTOporPUNTO

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