Lo que NO HAN EXPLICADO sobre las CALIFICADORAS

Estas firmas evaluadoras de riesgo crediticio están bajo la mira de la 4T

Las firmas calificadoras de riesgo están bajo la mira del presidente Andrés Manuel López Obrador y su partido Morena, que busca modificar el marco legal para sancionarlas cuando actúen «sin transparencia ni objetividad».

  • La molestia del Ejecutivo y de los legisladores del partido que fundó surge tras las advertencias de Fitch y Standard & Poor’s de que podrían bajar las calificaciones de México y de empresas como Pemex y la CFE por señales negativas que observan.

¿Pero, qué son las calificadoras y a qué se dedican?

  • Formalmente conocidas en México como instituciones calificadoras de valores (ICV), estas firmas operan y dan servicios sobre estudio, análisis, opinión, evaluación y dictaminación de la calidad crediticia de una entidad o una emisión financiera.
  • Su función es informar al mercado sobre los riesgos reales que enfrentan los inversionistas en la intermediación financiera.

¿Quién las regula y autoriza en México?

  • La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en el marco de la Ley del Mercado de Valores, la Ley General de Sociedades Mercantiles y otras disposiciones en la materia.

Esta entidad argumenta que la regulación es fundamental para una mayor transparencia en la actuación de estas agencias y una menor exposición al conflicto de interés.

¿Cuántas hay en México?

  • El regulador le ha dado autorización a siete empresas: Fitch México, S&P Global Ratings, Moody´s de México, HR Ratings de México, Verum, DBRS y AM Best.

¿Con qué deben cumplir?

  • Deben tener disponible en sus páginas de internet el significado y alcance de sus calificaciones, los códigos de conducta que rigen su actuación, las metodologías y procedimientos que utilizan para sus estudio, así como el análisis de la calidad crediticia de las entidades o emisores.
  • Además deben revelar cualquier modificación sustancial en los puntos antes mencionados para que sean consultados por el público inversionista.
  • Están obligadas a que la información que publican sea actual, relevante, oportuna, de calidad y clara, pues así inversionistas pueden contar con información confiable y de referencia para la toma de decisiones de inversión.
  • “Las calificaciones que emiten las ICVs son una opinión sobre la calidad crediticia de una entidad o emisión, y de ninguna forma representan una recomendación sobre la compra o venta de un determinado valor”, subraya la CNBV en un documento explicativo fechado en 2017.

¿Cuáles son las facultades del regulador?

  • La CNBV vigila y formula observaciones y, en su caso, ordena la adopción de medidas tendientes a corregir hechos, actos u omisiones irregulares que haya detectado.
  • También se encarga de imponer sanciones de carácter administrativo.
  • Emite disposiciones que contengan requisitos mínimos que deberán incluir los códigos de conducta de las calificadoras.
  • Determina los medios por los que las agencias deberán revelar al público las calificaciones que realicen sobre valores inscritos o, los que están por ser inscritos en el Registro Nacional de Valores.
  • En el Registro Nacional de Valores, a cargo de la CNBV, se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores. Además contiene información sobre ofertas públicas en el extranjero, de valores emitidos en México o por personas morales mexicanas, directamente o a través de fideicomisos o figuras similares o equivalentes.
  • El regulador además emite disposiciones sobre la información financiera, administrativa y operativa que deberán presentar las calificadoras, así como sus modificaciones y cancelaciones.
  • Revoca la autorización cuando se cometan infracciones graves o reiteradas a lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, cuando las calificadoras sean declaradas en quiebra, o bien, acuerden su disolución y liquidación.
  • Autoriza la fusiones o escisiones previo acuerdo de sus juntas de gobierno.
  • Puede requerirles datos, informes, registros, libros de actas, documentos, correspondencia y demás información que estime necesaria para la supervisión.
  • Ordena la suspensión del servicio de calificación cuando, a su juicio, exista conflicto de interés entre el cliente y la agencia.
  • También ordena la suspensión de la publicidad de estas firmas cuando implique inexactitud, falta de claridad, competencia desleal, o pueda inducir al error.

¿Cómo son sus escalas de calificación?

Aunque cada calificadora tiene su propia escala, los niveles otorgados se agrupan en: AAA, AA, A, BBB, B, CCC, CC, C, D.

Sin embargo, el regulador recomienda revisar las escalas publicadas en el sitio de internet de cada agencia./EXPANSIÓN-PUNTOporPUNTO

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