Proveedor incumplió contrato de MANTENIMIENTO de la L12 durante el primer año de Sheinbaum: OIC

Una auditoría realizada por el Órgano Interno de Control (OIC) del Servicio de Transporte Colectivo (STC) Metro reveló que hubo incumplimientos de un proveedor contratado para el mantenimiento de vías de la Línea 12 durante el primer año de la administración de Claudia Sheinbaum.

  • De acuerdo con la Auditoría A-3/2021, se analizó el “incumplimiento en la aplicación y trámite de penas convencionales del contrato STC-CNCS-070/2019”.
  • Dicho contrato, que fue adjudicado al proveedor TSO-NGE MÉXICO S.A de C.V, tenía como objeto contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones de vías de la Línea 12, además de la contratación del servicio de sustitución de riel en las curvas 1B, 2B, 43, 44, 55 y 56.

En la cláusula décima segunda del contrato, que inició vigencia del 23 de abril al 31 de diciembre del 2019, se precisa que en caso de que el proveedor “no realice el servicio conforme a lo estipulado en el presente contrato administrativo dará lugar para que el STC le aplique al proveedor una pena convencional”.

  • En el Anexo 1 técnico del mismo contrato se detallaron las penalizaciones que incluyeron que por cada día que pasara en el que se hubiera degradado la velocidad de los trenes de la Línea 12 por la falta de mantenimiento “se penalizará al proveedor del servicio con 1% por cada día del monto correspondiente a 100% del valor total a facturar por concepto de mantenimiento en el mes correspondiente”.
  • Se añadió que por suspensión del servicio se penalizará al proveedor del servicio con el monto de la afectación que será calculado por STC.
  • En ese contexto, el OIC precisó en la auditoría que solicitó a la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios se entregara evidencia de la aplicación de penalizaciones al proveedor por incumplimiento del contrato ante lo cual respondió que no había registros de penalizaciones.

“No obstante lo anterior se identificó que mediante el oficio G.A.C.S./54100/6132/2020 del 20 de julio del 2020, el gerente de Adquisiciones y Contratación de Servicios remitió a la Gerencia de Contabilidad la factura A549, por un monto de $7,044,887.74 y nota de crédito A550 por un monto de $2,113,446.40 debidamente revisadas y autorizadas por el área usuaria, a efecto de realizar el trámite correspondiente al pago.

Derivado de lo anterior, se concluye que existe una contradicción en la respuesta proporcionada por la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios”.

  • Como consecuencia el OIC solicitó a la Dirección General del STC, a la Subdirección General de Administración y Finanzas y a la Dirección de Recursos Humanos Materiales y Servicios Generales informar por qué no se tenía registro de las penas convencionales e incumplimiento de los servicios realizados al amparo si hay registros de que sí se solicitó la aplicación de penas.

En respuesta el 31 de agosto del 2021, la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios refirió que “efectivamente hubo una contradicción” en la información entregada al OIC lo anterior, añadió, se debió “a la falta de oportunidad de verificar el contenido de la documentación que obra en el expediente del caso (…) toda vez que este había sido remitido a la Gerencia Jurídica (…) en ese contexto se considera que no existió lesión alguna a los intereses del organismo”./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO

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