CORTE analizará la constitucionalidad de la resolución del TEPJF para la inclusión de MC en la Permanente

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que finalmente sí analizará la constitucionalidad de la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que, en enero pasado, ordenó otorgar un espacio en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión al partido Movimiento Ciudadano (MC).

  • El entonces presidente de la Mesa Directivo de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, interpuso la controversia constitucional 103/2022 impugnando la resolución del TEPJF, la cual fue desechada el 4 de julio pasado, por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien la consideró notoriamente improcedente.

La decisión del ministro ponente se basó en la idea de que los fallos del TEPJF en ningún caso pueden ser revisados por la SCJN, tesis que no es compartida por la totalidad de los ministros.

  • Al darse a conocer el desechamiento, la Cámara de Diputados promovió el recurso de reclamación 117/2022, el cual se votó este miércoles en la segunda sala de la SCJN, donde se decidió que la resolución del TEPJF sí puede ser revisada por los ministros, pues en el caso particular puede haber una intromisión indebida del Poder Judicial en el funcionamiento interno del Poder Legislativo.

La decisión fue aprobada con los votos de los ministros Loretta Ortiz, Luis María Aguilar y Yamín Esquivel, presidenta de la segunda sala.

  • El efecto de esta decisión es revertir el desechamiento y ordenar al ministro González que analice a totalidad los argumentos de inconstitucionalidad manifestados por la Cámara de Diputados, para que, en los próximos meses, presente ante el Pleno de la SCJN un proyecto de sentencia.

Aunque en agosto pasado la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados acordó finalmente modificar la integración de la Comisión Permanente, conforme a lo ordenado por el TEPJF, el problema jurídico persiste y es por ello que la SCJN analizará la constitucionalidad de la resolución SUP-JE-281/2021 de los magistrados electorales./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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