El pleno del Senado de la República turnó a la Cámara de Diputados las reformas en materia de amparo luego de que fueron aprobadas en los general y en lo particular, con la modificación de último momento de darle retroactividad al nuevo marco legal.
- El dictamen se aprobó horas antes en comisiones, con el voto de Morena y aliados, ya que la oposición no la avaló, a pesar de los cambios de fondo en los puntos más polémicos de la iniciativa presidencial, entre ellos la referida “ al interés legítimo” en que ya se contempla la posibilidad de amparos colectivos.
- Antes de que concluyera la primera sesión de este día, el dictamen quedó en primera lectura y se abrió una segunda sesión, en la que se debaten las modificaciones a la Ley de Amparo.
- El presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, detalló que los cambios a la iniciativa presidencial se dieron luego de las dos audiencias públicas para se abrieron para escuchar a especialistas, entre ellos litigantes, académicos, asociaciones y colegios de abogados, jueces, magistrados y funcionarios del gobierno federal.
“Nos aseguramos de que estuvieran presentes todas las visiones sobre el amparo, y no solamente las autoridades, quienes son sujetos no solamente esenciales o quienes las aplican, sino fundamentalmente quienes las litigan, quienes las postulan en el derecho ante los tribunales», sostuvo.
- Expuso luego que un cambio fundamental a la iniciativa presidencial se dio en el artículo quinto de la Ley de Amparo relativa al interés legítimo. La iniciativa presidencial, dijo, plantea facilitar el acceso a ese instrumento jurídico, sin distorsionar la naturaleza del acceso a la protección de derechos humanos en la defensa de intereses colectivos o difusos.
- Sin embargo, agregó, derivado del amplio debate coinciden y coincidimos con la necesidad de precisar en la ley los elementos que deben tomarse en cuenta para tener por acreditado el interés legítimo para acudir al amparo.
Se precisó, por ello que “la lesión jurídica resentida puede ser individual o colectiva, toda vez que varias voces advirtieron, que la redacción parecía sólo individualizar la lesión».
“En consonancia a con la redacción del artículo 107 de la Constitución se señala que el interés puede tener esas dos dimensiones. De esta forma, atajamos el riesgo que se señalaba de cerrarle la posibilidad a demandas de carácter colectivo para la protección de los llamados derechos difusos”.
- Se eliminó además la exigencia de que la lesión sea actual, ya que con ello se podría dejar afuera casos en que la lesión jurídica es inminente o previsible.
- Se estima también conveniente eliminar el requisito de que el beneficio obtenido con la sentencia sea directo, para que quede claro que este beneficio puede derivar de la pertenencia a un colectivo, sin necesariamente requerir de una particularización respecto de la persona promovente.
- El presidente de la Comisión de Justicia recalcó que no es menor tampoco el cambio que se realizó a la iniciativa en materia de cumplimiento de las ejecutorias de amparo, recobrando los términos originales de la ley vigente, “pues consideramos relevante mantener la posibilidad de sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de las y los órganos jurisdiccionales”.
Por su parte, el senador Inzunza expuso que la reforma “garantiza el acceso a una justicia más ágil, efectiva y humanista, en sintonía con los principios constitucionales y los tratados de derechos humanos que ha suscrito el país y, por supuesto a las exigencias de la sociedad”.
En el caso de las modificaciones a la suspensión en el juicio de amparo es para impedir que se utilice para mantener prácticas ilícitas o privilegios indebidos.
El coordinador de MC, Clemente Castañeda, presentó una moción suspensiva de la reforma, pero fue desechada y comenzó la presentación de posturas de cada uno de los grupos parlamentarias.
🗳️🔖EXTRA EXTRA: Advertencia de madruguete legislativo en la Ley de Amparo. GRAVÍSIMO.
De que va: la modificación de un transitorio, que de prosperar, sería en PERJUICIO de los justiciables que actualmente están tramitando juicios de amparo.
Va🧵
Transitorio Tercero de la… pic.twitter.com/iuL9KEQNwD
— Ernesto Guerra | #ÚltimaLegislativa🗳️ (@ErnestoGuerra_) October 1, 2025
Turna a San Lázaro la reforma
La reforma derivada de la iniciativa presidencial se le realizaron varias modificaciones, como hacerla retroactiva en todos los juicios de amparo que están en momento en proceso.
Con el voto a favor de Morena y sus aliados en lo particular con 70 votos a favor y 39 en contra se avaló la retroactividad con un párrafo que señala que “los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente decreto continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este decreto”.
La reforma enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
El objetivo de la reforma es otorgar mayor certeza jurídica, homologar plazos y garantizar un acceso efectivo a la justicia para las personas.
Entre los cambios más relevantes destaca la precisión del concepto de interés legítimo, que podrá ser de carácter individual o colectivo, sin que sea necesario que la lesión sea “actual” ni que el beneficio derivado del amparo sea “directo”.
- Esto busca facilitar la defensa de derechos colectivos o difusos, sin confundirlo con el interés jurídico.
- En materia fiscal, la iniciativa define con mayor claridad los medios de garantía para obtener la suspensión en juicios de amparo contra actos de cobro de créditos fiscales firme.
Carolina Viggiano, del PRI, criticó la reforma, señalando que debilita el acceso a la justicia, restringe la protección de los ciudadanos frente a abusos de poder y favorece a autoridades y grandes intereses.
En medio del grito de “ladrón, ladrón, ladrón”, en alusión al apellido del senador de Morena -Manuel Huerta Ladrón de Guevara- quien presentó una reserva que fue aprobada en la discusión en lo particular, se aprobó una modificación en el dictamen para que las reformas en materia de amparo se apliquen de manera retroactiva.
Con el voto a favor de Morena y sus aliados se avaló la retroactividad con un párrafo que señala que “los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente decreto continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este decreto”.
- La senadora del PRI, Carolina Viaggiano, expuso esta adición violación expresa del artículo 14 constitucional la Constitución que establece claramente a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona.
- Expuso que con este artículo los ejidos, los municipios y pequeños productores que tienen amparos en trámite contra deudas fiscales o proyectos de despojo quedarán desprotegidos.
Manuel Huerta Ladrón de Guevara, senador de Morena y promotor dicho cambio se trate de una retroactividad a las reformas en materia de amparo y argumentó que se trata de que no se abuse del amparo para retrasar la justicia.
PAN denuncia albazo de Morena para aprobar en fast track reforma a la Ley de Amparo
El presidente nacional del PAN, Jorge Romero Herrera, acusó a Morena de intentar aprobar en el Senado, mediante un albazo y fast track, la reforma a la Ley de Amparo impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum.
Romero alertó que la iniciativa es “un tema delicadísimo”, pues el amparo es el único recurso con el que cuentan los ciudadanos para defenderse de los abusos de la autoridad. “Vemos con muchísima preocupación cómo esta reforma voltea las cosas: despoja a la ciudadanía y empodera a las autoridades”, sostuvo.
- El dirigente panista criticó que el bloque oficialista ignore las opiniones de especialistas y busque “desnaturalizar por completo la figura del amparo”, limitando quién puede promoverlo. Ejemplificó que comunidades o colectivos que enfrentan daños ambientales por megaproyectos como el Tren Maya, o problemas de salud pública, ya no podrían acudir a la justicia.
- “Ahora, literalmente, cualquier autoridad podrá decir que no puede cumplir una sentencia y se permitirá que no acaten resoluciones de jueces si alegan imposibilidad material o jurídica. Entonces, si tenías una sentencia a favor, ya de nada te servirá”, denunció.
- Romero recordó que, así como Morena aprobó las llamadas “leyes espía” para vigilar desde los celulares a los ciudadanos, ahora pretende impedir los amparos “para acecharte libremente y sin que te puedas proteger”.
“Los miles de amparos que la ciudadanía ha promovido hasta ahora los van a declarar ilegales de un plumazo. El objetivo es claro: empoderar al gobierno y quitarle la defensa a la gente”, señaló.
Finalmente, advirtió que la reforma refleja el perfil autoritario del gobierno morenista: “Vamos hacia un régimen donde los ciudadanos ya no tendrán defensa frente al poder público cuando se violen sus derechos”.
- Este miércoles, las Comisiones Unidas de Justicia, Hacienda y, de Estudios Legislativos aprobaron con l mayoría de Morena y sus aliados aprobaron en poco más de dos horas la reforma de Sheinbaum que acota la figura jurídica del amparo.
Se tiene previsto que al concluir la comparecencia del secretario de Hacienda, Edgar Amador, el Pleno del Senado discuta y vote la reforma a la Ley de Amparo y sea aprobada de manera exprés por los legisladores morenistas y sus aliados.
Ley de Amparo es un grave retroceso para el acceso a la justicia
Organizaciones de la sociedad civil alertaron que la aprobación de la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, “representa un grave retroceso para el acceso a la justicia y la defensa de derechos humanos” .
Tras concluir el breve periodo de consulta pública sobre el paquete de reformas a la legislación secundaria en materia de amparo, el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Fundar, Centro de Análisis e Investigación (Fundar) y Artículo 19, coincidieron en que el paquete de reformas propuestas por Sheinbaum Pardo tendría impactos negativos en la jurisprudencia establecida.
Senadores de MC anuncian parlamento abierto para reforma sobre Ley de Amparo
Foto ilustrativa de la nota titulada: Consejo de Nueva Derecha tilda reforma a la Ley de Amparo de «retroceso democrático»
En un análisis sobre los efectos que tendría la reforma en “la figura del interés legítimo”, que ha permitido a comunidades litigar contra medidas gubernamentales que “tienen un impacto colectivo en cuestiones como el derecho a la libertad de expresión, a la verdad y el acceso a la información”, así como los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; los derechos de la comunidad LGBTIQ+; el derecho a que los actos de tortura sean investigados con debida diligencia; los derechos de las personas migrantes y los derechos de comunidades y pueblos indígenas; los derechos ambientales, entre otros”.
Recordaron que la figura de interés legítimo atenta contra el derecho de las organizaciones sociales a realizar su “labor de defensa de derechos humanos en favor de grupos y colectivos que han visto vulnerados sus derechos humanos”, lo que ha permitido el acceso a la justicia de las víctimas y garantías de las organizaciones “a defender derechos humanos desde las organizaciones, el acceso de asociación y de participación en los asuntos públicos”.
- Las organizaciones consideraron preocupante que la iniciativa restrinja “el acceso del acceso al juicio de amparo a través del interés legítimo “; los alcances de la suspensión provisional, y la tolerancia a las dependencias gubernamentales a no atender a los ciudadanos, lo que es contrario a la reforma de 2011 en materia de derechos humanos.
- Con suma preocupación consideraron la propuesta de reforma al artículo 5 de la ley de amparo, “para restringir el concepto de interés legítimo”, pretendiendo que este “sólo exista o se configure cuando la persona quejosa resienta una lesión jurídica real y diferenciada del resto de las personas”.
De acuerdo a la iniciativa, el interés real debe ser evaluado entre “actual, real o jurídicamente relevante”, estableciendo que “debe de existir una lesión que está equiparando al interés jurídico”.
Las restricciones, limitan el juicio de amparo, “especialmente para colectivos y grupos de situación de vulnerabilidad”, limitando la protección a los derechos colectivos, “como el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a la verdad o el acceso a la información que corresponde a la sociedad en su conjunto”.
En el comunicado las organizaciones destacaron que al exigirse que el beneficio del amparo “sea directo”, se desconoce el interés legítimo cuando es indirecto, y “se corre el riesgo de descartar casos en que el beneficio es futuro pero cierto”.
- Al señalar que la iniciativa “elimina la flexibilidad interpretativa” a los juzgadores, las organizaciones señalan que la restricción de las consideraciones del interés legítimo “contraviene estándares internacionales que reconocen el deber de los Estados de garantizar el derecho de acceso a la justicia mediante recursos adecuados”.
- Alertaron que la propuesta de acotar la suspensión para evitar la consumación de violaciones a derechos, “se restringe el efecto cautelar para la salvaguarda de derechos y evitar un daño irreparable, y se limita el alcance colectivo de las soluciones y efectos generales”.
Apuntaron que el planteamiento de no imponer multas a las autoridades que no acaten las sentencias de amparo, “se abre la puerta a que las autoridades puedan evadir el cumplimiento d las sentencias, dejando sin efecto la protección constitucional y creando de facto sentencias de papel”.
- Como aspectos positivos, las organizaciones destacaron el reconocimiento que se hace de las herramientas tecnológicas, como la utilización de medios electrónicos, tanto para los solicitantes de amparo como para las autoridades requeridas; fijar en 60 días naturales el plazo máximo para la emisión de sentencias.
- “Una reforma al juicio de amparo debe ser progresiva en donde se busque que éste sea una herramienta eficaz para garantizar el acceso a la justicia, conforme a la Constitución y a los tratados internacionales, favoreciendo la protección más amplia de las personas, comunidades y colectivos y que no restrinja ni el acceso ni el actuar de las personas a derechos humanos y con el cual pueden sancionar y reparar las violaciones a derechos humanos”, sentenciaron las organizaciones firmantes./CONGRESO-PUNTOporPUNTO
Documento íntegro a continuación:
CAMBIOS_Ley de AMPARO - 01.10.2025Primeros AJUSTES A LA INICIATIVA AMPARO-CFF-LOTFJA - 01.10.2025
Segundos AJUSTES A LEY DE AMPARO- 01.10.2025