TEXTO ÍNTEGRO: SENADO prepara REFORMA contra el DESPLAZAMIENTO FORZADO

La Comisión Mexicana de Defensa Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH) informó que se registraron 29 episodios de desplazamiento masivo en el país

Con el fin de que en México se pueda legislar en materia de desplazamiento forzado interno, los senadores de Morena, Nestora Salgado y Ricardo Monreal, presentaron una reforma al artículo 73 constitucional.

  • El objetivo es introducir este concepto y generar una nueva ley contra esa grave situación que vive el país a consecuencia, principalmente, de la violencia que ejercen grupos del crimen organizado; y de esta manera, los afectados tengan la garantía del Estado al implementar acciones de protección.
  • La Comisión Mexicana de Defensa Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH) informó que se registraron 29 episodios de desplazamiento masivo en el país, impactando en al menos 23 mil 169 personas, en 12 entidades del país: Chiapas, Chihuahua, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas.

Con esta reforma el artículo 73 quedaría de la siguiente manera: El Congreso de la Unión tendrá la facultad de expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, desplazamiento forzado interno, así como electoral.

El 10 de diciembre pasado, la senadora Salgado presentó al pleno senatorial esta iniciativa, la cual se turnó para su análisis y dictaminación a las comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, segunda, donde expuso que el objetivo es facultar al Congreso de la Unión para que legisle.

Indicó que es necesaria la implementación de acciones para protección, asistencia, atención, acceso a la justicia, la verdad y a la reparación integral de las personas en condición de desplazamiento forzado interno.

Explicó que se entiende por desplazados internos a las personas o grupos de personas que se han visto forzados u obligados a escapar o huir de sus hogares o de su lugar de residencia habitual, para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones a los derechos humanos y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.

“Por eso las y los desplazados huyen de sus lugares de residencia habitual, como consecuencia del temor a ser víctimas o ser víctimas ante un clima de inseguridad y de impunidad”, agregó./24HORAS-PUNTOporPUNTO

Iniciativa Íntegra:

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