ENDURECEN el IMPUESTO a bebidas ENERGIZANTES

En los años de la aplicación del impuesto, su recaudación disminuyó considerablemente al pasar de 109.5 millones de pesos en 2011 cuando entró en vigor a 8.02 millones de pesos en 2018.

A ocho años de que se comenzó a aplicar un impuesto especial a las bebidas energetizantes elaboradas con cafeína y taurina, las empresas que elaboran estos productos encontraron el modo para evadir el pago del gravamen.

Comenzaron a reformular el contenido de la cafeína para evitar la tasa de 25% del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que aprobó el Congreso de la Unión en 2011 durante el sexenio de Felipe Calderón, cuyo partido, el PAN, se colocó como primera fuerza en la Cámara de Diputados.

  • Por ello, en el paquete fiscal 2020 se propone eliminar la cantidad de miligramos de cafeína por cada 100 mililitros, con el objetivo de cerrar el hueco por el que se dejan de recaudar ingresos por ese concepto.
  • Se trata de bebidas que se comercializan bajo las marcas conocidas como Red Bull, La Bomba, Boost y Gladiator.
  • En la miscelánea fiscal que entregó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Congreso de la Unión como parte del Paquete Económico 2020 se pone de manifiesto que la medida es necesaria porque estos productos, además, son dañinos para la salud. Con ello, se busca también desincentivar su consumo.
  • Además de que ha bajado la recaudación por este concepto en la vigencia del IEPS a bebidas energetizantes, se advierte que al mezclarlas con alcohol como suelen hacerlo principalmente los jovenesafecta al sistema cardiovascular.
  • En los años de la aplicación del impuesto, su recaudación disminuyó considerablemente al pasar de 109.5 millones de pesos en 2011 cuando entró en vigor a 8.02 millones de pesos en 2018.
  • Para armar la propuesta, se comprobó que en los envases de las bebidas energetizantes se fue disminuyendo la cantidad de cafeína para no entrar en el umbral establecido en la ley para pagar el impuesto.
  • En un envase con fecha de caducidad del 13 de enero de 2012 comparado con uno con caducidad del 9 octubre de 2017, el contenido de cafeína pasó de 0.3% a 0.2%.
  • De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) se entiende como bebidas energéticas a aquellas bebidas no alcohólicas que contienen cafeína, vitaminas y otros ingredientes, por ejemplo, taurina, ginseng y guaraná, las cuales se comercializan como impulso de energía y aumento del rendimiento físico y mental, sin señalar ningún contenido específico de cafeína.

Se sabe, que, además, la mayoría de los choferes de transporte, taxistas, camioneros y quienes se desempeñan como vigilantes nocturnos, suelen tomar estas bebidas para mantenerse despiertos, provocando efectos secundarios a la salud.

De última hora. El IEPS a las bebidas energizantes se logró meter de última hora en la sesión del pleno de la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2010 en medio de la discusión y aprobación de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011.

En dictamen que se sometió a votación, no formaba parte del orden 9 del día que analizó por la mañana dentro de la Comisión de Hacienda en San Lázaro.

En ese entonces, por primera vete el Partido Acción Nacional (PAN) se colocó como primera fuerza en la Cámara de Diputados, con 203 legisladores, en tanto que en el Senado conservaron la mayoría con 52 integrantes.

  • Las bebidas son aquellas que contienen cafeína, vitaminas y otros ingredientes, las cuales se e comercializan como impulso de energía y aumento del rendimiento físico y mental. DEFINICIÓN DE LA OMS
  • 0.2% DE CONTENIDO de cafeína tienen las bebidas energéticas, indican sus envasados./EL UNIVERSAL-PUNTOporPUNTO

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