A la par del nacimiento de dos partidos políticos nacionales, a nivel estatal ocho agrupaciones lograron avanzar en el proceso para obtener su registro como partidos locales, pero bajo algunas condiciones.
- Según lo plasmado en el último informe sobre el Proceso de Registro de Partidos Políticos Locales 2025-2026 del Instituto Nacional Electoral (INE), de nueve estados en los que había registros, sólo en cinco se avaló el nacimiento de nuevos partidos locales.
- En total, 89 organizaciones ciudadanas manifestaron su intención, de ellas 12 presentaron su solicitud de registro y al final solo 8 alcanzaron los requisitos para obtener el registro en los estados de Chiapas (3); Jalisco (1); Estado de México (1); Veracruz (2) y Yucatán (1).
En el caso de Chiapas nacieron los partidos locales Fuerza Chiapaneca; Movimiento de Esperanza de Chiapas (MECH), y Partido Conciencia Humana.
En Jalisco Partido Humanista; en el Estado de México Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales (PODEMOS).
Mientras que en Veracruz se suman el partido Bienestar y Justicia Social y Veracruzano Antipopulista. Finalmente, en Yucatán nació el partido Compromiso Social.
- No obstante, en el caso de Veracruz, Jalisco y el Estado de México sus institutos electorales locales condicionaron mantener el registro a las organizaciones siempre y cuando en un plazo establecido modifiquen algunas inconsistencias en sus documentos básicos.
- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado México, determinó la procedencia de la organización Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C. de forma condicionada para que, en un plazo de 60 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación del acuerdo, subsane las inconsistencias detectadas en sus documentos básicos; de no hacerlo, el registro otorgado será cancelado.
Y es que, en en Edomex, siete organizaciones formalizaron su petición de constituirse como partidos locales pero se determinaron como improcedentes; no obstante, cuatro fueron impugnadas, de las cuales el Tribunal Electoral del Estado de México únicamente dio el visto bueno a la organización Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C., por lo que, en enero de 2025, esta inició con la celebración de asambleas y la obtención de afiliaciones.
Fue así que desde el 27 de enero de 2026, la asociación civil Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C., presentó ante el Instituto Electoral del Estado de México, su solicitud de registro como partido político local. Posteriormente se le otorgó el registro el cual surtió efectos a partir del 1 de julio de 2026.
- En el caso de Veracruz, el Consejo General del Organismo Público Local aprobó el registro como partidos políticos locales de las organizaciones ciudadanas denominadas Bienestar y Justicia Social, A.C., y Asociación Veracruzana Antipopulismo, A.C. No obstante, en dichas resoluciones se ordenó a las organizaciones realizar diversas modificaciones a sus documentos básicos, apercibiéndolas de que, en caso de incumplimiento, la autoridad electoral competente puede quitar el registro otorgado.
Por otro lado, en Jalisco, el Partido Humanista, obtuvo su registro a partir del 1 de julio; sin embargo, se le advirtió que en caso de no presentar en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de los efectos constitutivos, la integración formal de su dirigencia partidista y las adecuaciones a sus documentos básicos, la sanción aplicable iría desde una amonestación pública hasta la cancelación del registro como partido político local.
Asimismo, el informe del INE señala que en la Ciudad de México y Puebla, no se presentaron solicitudes de registro, por lo que los institutos locales dieron por concluido el proceso de constitución de partidos políticos.
En cuanto a las entidades de Guanajuato y Morelos, los procesos de constitución de Partidos Políticos Locales se encuentran en curso.
Por otro lado, se detalló que en Chiapas se encuentra pendiente la resolución del medio de impugnación interpuesto por la organización Foro Político Plural Chiapaneco, A.C., cuya solicitud de registro fue declarada improcedente, derivado de las observaciones en materia de fiscalización.
En cuanto al estado de Tabasco, la única solicitud presentada por la organización Unión Democrática por Tabasco, A.C. fue determinada como no procedente por el Organismo Público Local, debido a temas de fiscalización.
Cabe señalar que para el caso de las organizaciones que pretendan constituirse en partido político local, se deberá acreditar la celebración, por lo menos, en dos terceras partes de los distritos electorales locales o municipios./CONGRESO-PUNTOporPUNTO





















