SANCIONARÁ a quien no acate AISLAMIENTO en YUCATÁN

Tal y como establece el Código Penal y La Ley de Salud de Yucatán, las personas que hayan sido diagnosticadas con coronavirus COVID-19 y no acaten el aislamiento en casa para evitar el contagio podrían recibir un «castigo» de hasta 3 años de cárcel y además podrán ser acreedores a una multa de hasta 86,800 pesos.

  • El gobernador de Yucatán, Mauricio Vila, precisó este lunes que esta medida no aplicará para toda la población sino únicamente a las personas que hayan recibido un resultado positivo de la prueba confirmatoria de este virus, que hasta la noche del lunes ha causado 20 decesos y 993 contagios en todo el país.

«En Yucatán el Código Penal en su Artículo 189 contempla una sanción para quienes tengan un diagnóstico de una enfermedad de transmisión que no acaten las medidas de aislamiento ya establecidas; entonces, lo único que estamos haciendo es recordarle a la gente que este artículo existe y quienes tengan ya una confirmación de que son positivos al COVID-19 y no acaten las medidas de aislamiento pueden hacerse susceptibles de las sanciones que establece este artículo y la Ley de salud de Yucatán», dijo Vila en entrevista para Radio Fórmula.

La tarde del domingo, Mauricio Vila publicó en su cuenta de Twitter que su gobierno no permitirá «que la salud de la población yucateca se ponga en riesgo” por lo que a la persona que haya sido diagnosticada con el Coronavirus y no acate las medidas de aislamiento para evitar el contagio, se le podrá imponer un castigo de hasta 3 años de cárcel y además podrá ser acreedora a una multa de hasta 86,800 pesos.

El Artículo 189 del Código Penal del estado establece respecto a delitos contra la salud pública lo siguiente:

«A quien sabiendo que está enfermo de un mal venéreo o de alguna enfermedad grave, transmisible en período infectante y de manera dolosa tenga cópula o por cualquier otro medio directo ponga en peligro de contagio la salud de otras personas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años y además podrá ser recluido en un hospital. Si la enfermedad contagiosa fuere incurable, se impondrá la sanción de tres meses a ocho años de prisión y si esta es mortal la sanción podrá ser hasta de quince años. Cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas, solo podrá procederse por querella del ofendido».

  • La semana pasada, el gobierno de Chihuahua también decretó que las personas que se infecten con este virus o tengan síntomas y que no acaten la instrucción de permanecer en cuarentena incurrirán en el delito denominado «peligro de contagio», por el que podrían ser acreedoras a una sanción de prisión de seis meses a cuatro años y de 50 a 300 días de multa./EXPANSIÓN-PUNTOporPUNTO

Recibe nuestro boletín informativo, suscríbete usando el formulario