IFT presentará controversia constitucional contra el PADRÓN de USUARIOS de TELEFONÍA MÓVIL

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó que sí presentará una controversia constitucional contra la aplicación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, extraoficialmente bautizado como “Panaut”. En la sesión de este miércoles 12 de mayo, los reguladores aprobaron, por unanimidad con cinco votos posibles, acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para que esa autoridad resuelva sobre la legalidad del padrón.

  • El Panaut se trata de un registro cuyo fin es recabar información sensible de los usuarios de telefonía e Internet móviles, para que éstos puedan mantener activas sus líneas celulares. Para su creación, el Congreso de la Unión votó a favor de una serie de modificaciones de los artículos 15, 176, 180, 190, 307 y otros cambios en los artículos transitorios de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), una legislación aprobada en el año 2013.

La intención de los impulsores de este padrón, legisladores del partido Morena, también pasa por crear un instrumento que colabore con las autoridades de seguridad y justicia en la persecución de delitos, y por ello se obligará a los usuarios a permitir el registro de sus datos biométricos como huellas dactilares y de reconocimiento facial e iris y otros datos oficiales como direcciones de domicilio, número telefónico y la fecha de activación de la línea. De esta manera, los titulares de las 124 millones de líneas que se estima se encontraban en operación hasta diciembre de 2020 en México, deberán registrarse obligadamente en este padrón.

  • Después de estas reformas a la LFTR, el Instituto Federal de Telecomunicaciones está obligado a emitir las disposiciones generales sobre cómo recabar y resguardar los datos recabados. El IFT tiene un plazo de 180 días naturales desde el 17 de abril para construir estas disposiciones, en tanto que los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones, por ejemplo los operadores Telcel, AT&T y Movistar, entre otros, contarán hasta con dos años para cumplir con los registros que sean de su competencia recabar de los usuarios.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones ya había informado en la semana del 15 de abril que la creación del Panaut demandará 109 millones de pesos de su presupuesto anual durante el primer año y otros 88 millones de pesos cada año posterior.

El IFT afirmó además que el padrón le requerirá la contratación de 150 funcionarios, que significarán una erogación de 150 millones de pesos a su presupuesto anual que ha sido recortado en dos ocasiones por los diputados. El presupuesto de este órgano regulador de telecomunicaciones y radiodifusión es de 1,510 millones de pesos para el ejercicio del 2021.

  • La determinación del IFT respecto a la presentación o no de la controversia constitucional se produce posterior a que su Consejo Consultivo —integrado por personajes notables de la industria y de defensa de derechos civiles— y la Barra Mexicana de Abogados (BMA) le recomendaran por separado que estudiase la posibilidad de interponer una controversia constitucional sobre el Panaut. También ocurrió horas después de que se filtrara en medios que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), la otra autoridad reguladora de México, estaría valorando interponer por su lado su propia controversia constitucional contra el Panaut. La Cofece recién presentó y le fue admitida una acción de inconstitucionalidad contra Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Experiencia en el campo de las controversias constitucionales tiene el IFT, pues en 2019 fue con arrojo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a defenderse contra los recortes de presupuesto que le aplicó la Cámara de Diputados, aunque hace cinco años prefirió no presentar una controversia contra las reformas que impactaron sus facultades sobre derechos de audiencias. Allí fue un mano a mano contra el Congreso de la Unión, la Presidencia de la República y las televisoras; incluso, contra gobiernos estatales que también alegaron que el IFT no tenía facultad para regular derechos de audiencias.

  • Ahora, el IFT volvió a tocar el tema de las controversias constitucionales, casi dos semanas después de que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) aprobara en su sesión del 2 de mayo la interposición, a través de su unidad jurídica, de una acción de inconstitucionalidad contra la creación de este padrón de usuarios de telefonía móvil que obliga a recabar los datos biométricos.

El Inai votó unánime esta decisión y se dio de plazo hasta el lunes 17 de mayo para presentarse ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), poder que analizará y resolverá la petición de ese órgano autónomo. Hasta la publicación de esta nota periodística, en la lista de notificaciones de la Suprema Corte no se conoce todavía el registro de una acción de inconstitucionalidad promovida por el Inai.

  • Los consejeros del Inai argumentaron aquel 2 de mayo, en síntesis, que la reforma a una serie de artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión no esclarece con puntualidad porqué y cuáles son los datos biométricos que se entregarán para la conformación de padrón, ni el procedimiento para acceder a ellos y la gestión de los mismos. Esto significaría entonces un riesgo para los datos sensibles de millones de mexicanos, dijeron en el Inai.

Por ello, el Inai confió en que el poder judicial, es el mejor calificado para estudiar si la modificación de artículos de la LFTR contraviene o no la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  • El Inai, el Consejo Consultivo e incluso el Partido Acción Nacional (PAN) —más allá de que pretenda sacar raja política de este tema ante Morena—, no son los únicos que han promovidos controversias, acciones de inconstitucionalidad o amparos contra el Panaut, pues al cierre de abril se tenía el registro de 58 medidas cautelares concedidas a ciudadanos y organizaciones civiles que se han opuesto a entregar sus datos sensibles.
  • Estas medidas cautelares fueron concedidas por el juez Juan Pablo Gómez Fierro, perteneciente al Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. Si bien se conocen esas 58 medidas cautelares contra el Panaut, también se sabe de la improcedencia de 53 demandas amparo que quisieron impugnar la obligación de entregar datos sensibles al Panaut.

Aún se desconoce si la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), autoridad defensora de los derechos humanos fundamentales en México, presentará un recurso contra el Panaut y ante el hecho de que su liderazgo, María Rosario Piedra Ibarra, es fiel aliada del gobierno actual y simpatiza con Morena, el partido político que empujó para adelante el Panaut.

Observadores que siguen el sector de telecomunicaciones apuntan que el padre del Panaut como aprobó en el Congreso de la Unión —en diciembre de 2020 por los diputados y en abril de 2021 por los senadores—, no fue un legislador o un político.

Si bien el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, es el promotor de la iniciativa de reforma a todos esos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, extraoficialmente se ha dicho que un comisionado del mismo IFT tuvo la idea de incluir el registro de los datos biométricos durante la construcción del Panaut.

De ser cierta esta idea, que hasta ahora no ha sido desmentida por el IFT, pone en un predicamento a esa autoridad y es otro escándalo, después de que a mediados de 2020 se conociera que el plan de los senadores de Morena para fusionar a todos los órganos reguladores, el IFT, Cofece, CRE, etc., se escribió en una computadora de un funcionario que depende directamente de otro comisionado del IFT, de ahí la trascendencia de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones haya discutido ya el asunto de la controversia constitucional contra el Panaut./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO

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