Sólo multa, por maltrato a cadáveres

Ante el panorama que vive Jalisco de un hacinamiento de cuerpos sin identificar en el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF) y el mal manejo de los mismos, hecho público desde hace más de una semana, la Ley de Salud del estado no estipula ninguna sanción administrativa o penal. Sin embargo, la Ley General de Salud, que se aplica a nivel federal, silo contempla, pero sólo con sanciones administrativas. En su artículo 346 determina que los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración; el no hacerlo amerita una multa aproximada de 88 mil pesos o lo que equivale a mil veces el salario mínimo general vigente. Un artículo más, el 350 bis 7, indica que los establecimientos que realicen actos relacionados con cadáveres de seres humanos contarán con un responsable sanitario que deberá presentar aviso a la Secretaría de Salud; figura de la que Coprisjal nunca fue informado. En este caso, no existe sanción./EL HERALDO DE MEXICO

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