TEXTO ÍNTEGRO: SENADO avala REFORMA para la REDUCCIÓN de la JORNADA LABORAL a 40 HRS

Aunque la reforma constitucional ya recibió el aval del Senado, la transición hacia la semana laboral de 40 horas será progresiva.

El Senado de la República aprobó por unanimidad el dictamen de reforma constitucional de jornada laboral para disminuir a 40 horas el tiempo de trabajo, así como para establecer un nuevo límite máximo al tiempo extraordinario y prohibir este último a personas menores de 18 años.

  • Las modificaciones al apartado A del artículo 123 constitucional buscan impulsar un modelo de justicia social y salud pública desde el derecho laboral, de esta manera se establece que el nuevo límite máximo de trabajo será de 40 horas semanales.

Además se puntualiza que la reducción de tiempo no implicará una reducción en los salarios de las personas trabajadoras.

  • «Trabajar menos horas no es producir menos, sino vivir mejor”, puntualizó, la senadora Geovanna Bañuelos de la Torre, presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social durante la presentación del dictamen.

Subrayó que la aprobación de la reducción de la jornada es necesario para “devolver tiempo a las personas, tiempo para la familia, para el descanso, para la salud”.

  • Reconoció que el bienestar de las personas trabajadoras no sólo puede existir en términos económicos, sino debe traducirse en calidad de vida. “El trabajo no es por una mercancía, es una actividad fundamental para el desarrollo individual y colectivo”, resaltó.
  • La senadora Geovanna Bañuelos recordó que de acuerdo con datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las jornadas laborales prolongadas se asocian con mayores niveles de fatiga, estrés, enfermedades físicas y mentales, además de disminuir el rendimiento laboral.

“Trabajar más de 55 horas semanales incrementa el riesgo de accidentes cardiovasculares y tiempo de muerte por cáncer de páncreas”.

  • “Trabajamos más, descansamos menos y la productividad no crece en proporción”. Resaltó la importancia de actualizar la legislación laboral en línea con el marco internacional mediante “una ingeniería laboral ordenada que considere las capacidades de los sectores productivos y permita una transición viable”.
  • En línea con los límites máximos, se fija también un nuevo tope de tiempo de trabajo extraordinario, el periodo se extiende a 12 horas semanales, las cuales se distribuirán en un máximo de 4 horas diarias y hasta por 4 días a la semana, y en ningún caso, las personas menores de 18 años podrán ser empleadas en jornadas extraordinarias.

Respecto al pago de este tiempo extraordinario, aplicará un 100% adicional para el permitido que será de hasta 12 horas semanales; sin embargo, si el periodo excede dicho límite, la persona empleadora estará obligada a pagar un 200% más del salario ordinario.

¿Cuándo entran en vigor la jornada laboral de 40 horas

Aunque el pleno del Senado ya aprobó la reforma constitucional, lo jornada aún no se reducirá, el dictamen continuará su proceso legislativo en la Cámara de Diputados, una vez discutido y aprobado se enviará al Ejecutivo para publicarlo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Si bien, la reforma constitucional está cerca de ver la luz, el Congreso de la Unión aún tendrá pendiente aprobar las modifciaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual establecerá el plazo de preparación para los empleadores, el esquema en cómo incrementarán las horas extra y la obligación patronal de contar con un registro electrónico.

Puntos clave de la Reforma Aprobada, son:

  • Implementación Gradual: La reducción no será inmediata. Se restarán 2 horas por año a partir de enero de 2027 hasta alcanzar la meta de 40 horas en 2030.
  • Días de Descanso: Se mantiene el esquema de que por cada seis días de trabajo se debe disfrutar de al menos un día de descanso con goce de salario íntegro. La propuesta de hacer obligatorios dos días de descanso por ley quedó fuera del dictamen final para facilitar el consenso.
  • Horas Extra: Las horas que excedan la jornada semanal establecida se pagarán con un 100% más del salario ordinario.
  • Entrada en Vigor: Aunque la ley entraría en vigor en mayo de 2026, el calendario de reducción efectiva comienza formalmente el 1 de enero de 2027.

Oposición advierte letra chiquita

Aunque la reducción de jornada laboral tuvo consenso en términos generales, legisladores de oposición manifestaron su preocupación de no establecer en la reforma cinco días de trabajo por dos de descanso.

  • “Trabajar 6 días no es descanso. Siguen siendo seis traslados, seis camiones, seis metros, seis comidas, seis días fuera de casa, seis días donde miles de mujeres, hombres, jóvenes, adultos, mayores se la rifan todos los días para sacar a su familia del hambre”, apuntó la senadora Cristina Ruiz Sandoval (PRI).

Para el senador Clemente Castañeda (MC), al no contemplarse incrementar el descanso semanal desde la Constitución el cambio es insuficiente para mejorar la calidad de vida, salud y dignidad de los trabajadores.

  • “La exigencia de una jornada laboral de 40 horas con dos días de descanso es una lucha por la libertad de las personas, por su derecho a vivir y disfrutar y por la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Es una causa de justicia social a la cual no podemos renunciar”, expresó.

Lo anterior especialmente porque con el tiempo extraordinario podría abaratarse la jornada. Coincidieron en que ampliar a 12 horas el límite extraordinario permitido con un pago de 100% más del salario es un retroceso.

  • “Está dejando al trabajador más cansado y con menos paga… Lo ideal sería incentivar la contratación de más personal”, afirmó la senadora del PRI, Karla Toledo Zamora.
  • Agregaron que el aumento de tiempo extraordinario puede convertirse en hasta 56 horas de trabajo, las cuales superarían las 48 actualmente vigentes.

El senador Marko Cortés (PAN) calificó la reforma constitucional como una “justicia a medias”, aunque reconoció que la reducción de jornada laboral tiene beneficios en salud, puntualizó que el cambio no será para todos.

Puntualizó que la aprobación de la diminución de la jornada laboral es un acto de justicia social que ayudará a reducir problemas de salud mental y físicos e incluso los riesgos de trabajo, sin embargo, no es aplicable para todos.

  • “El 55% de los trabajadores está en informalidad, o sea, a más trabajadores no les va a beneficiar absolutamente en nada”.

¿Cuándo entra en vigor la reforma sobre la reforma laboral?

Aunque la reforma constitucional ya recibió el aval del Senado, la transición hacia la semana laboral de 40 horas será progresiva.

El artículo transitorio aprobado establece el siguiente calendario:

  • 2026: se mantendrán las 48 horas actuales.
  • 2027: la jornada bajará a 46 horas.
  • 2028: se reducirá a 44 horas.
  • 2029: disminuirá a 42 horas.
  • 2030: entrará en vigor el límite definitivo de 40 horas semanales.

Más horas de trabajo extra por menos paga

La iniciativa planteada por el Ejecutivo federal propone que las horas extra máximas a la semana pasen de 9 a 12, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un periodo máximo de cuatro días.

  • “Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un 100 por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias”.
  • El trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo, señala el dictamen.

Para Gilberto Chávez, maestro en Derecho Laboral, este ajuste será regresivo para la situación laboral en México, ya que actualmente –sin que se haya aprobado la iniciativa– por trabajar más de nueve horas extras a la semana se paga al triple, y con la nueva iniciativa se trabajarán más de 12 horas para percibir ese mismo ingreso, pues el pago se mantendrá solamente al doble.

  • Si aprueban el dictamen, las personas que ganen el salario mínimo recibirán $78.76 por cada una de las primeras 12 horas extras que trabajen en la semana, y sería a partir de la decimotercera hora que se les pague $157.58, lo equivalente al triple.

“Si hoy en día nueve horas a la semana extras se pagan al doble, con la iniciativa se amplía y serían 12 horas pagaderas al doble, es decir, el trabajador pierde tres horas porque hoy en día recibiría el triple por trabajar esas 12 horas y con la iniciativa se reduce su percepción a solamente el doble; se trata de una afectación regresiva”, explica.

  • “Si la jornada máxima es de ocho horas diarias y se permiten hasta cuatro horas extras, son 12 horas al día, lo cual va en contra de la condición natural y humana para poder aplicar el trabajo en condiciones que permitan un desempeño con aplicación integral, pues cuando se laboran tantas horas no es la misma capacidad y calidad del servicio que presta el trabajador”, agrega Gilberto Chávez.
  • Actualmente, la legislación mexicana menciona que cuando los trabajadores, por alguna circunstancia, deban trabajar más de ocho horas o realizar horas extra de trabajo, se abonará como salario por el tiempo excedente un 100 % más de lo fijado para las horas ordinarias o normales. Por ejemplo, si una persona trabajadora gana el salario mínimo de 315.04 pesos al día, percibe 39.38 pesos por hora.

Por cada hora extra que labore se le tendrán que pagar 78.76 pesos. Si trabaja nueve horas extras a la semana recibirá 708.84 pesos.

  • Además, indica que el trabajo extraordinario no debe exceder las tres horas diarias, no más de tres veces consecutivas, es decir, los trabajadores solamente pueden llevar a cabo nueve horas extras por semana. En el caso de que un trabajador labore más de nueve horas extras a la semana, o a partir de la décima hora, ese excedente se debe pagar con un 200 % adicional sobre el salario base.

Registro de horas trabajadas

Uno de los puntos que destacan dentro de la iniciativa de las 40 horas es la modificación del Artículo 132 de la Ley General del Trabajo, el cual establece las obligaciones de los patrones, anexando un registro electrónico obligatorio de entradas y salidas, control de horas extras y mecanismos de flexibilidad.

  • Aunque se trata de un rubro que los empleadores deberán implementar de manera obligatoria, en el dictamen también se menciona que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se encargará de definir cuáles son las reglas de operación que debe cumplir el registro electrónico.
  • Cristian Acosta señala que deben implementarse terminales físicas, checadores digitales, software integrado a nómina o control de asistencia, de esa manera se tendrá un control más preciso de las horas que cada empleado ha laborado a fin de que se cumpla, cada año, con la reducción de horas que establece el dictamen.

“En el caso de las personas que trabajan en el esquema de home office o que hacen trabajo de campo, lo ideal será que se empleen aplicaciones móviles o web que funcionen desde el celular u ordenador a través de la geolocalización”, añade.

  • Para Gilberto Chávez será necesario que la STPS especifique en los lineamientos, en caso de aprobación, cómo operaría el registro electrónico en las microempresas, ya que tendrán que invertir en sistemas digitales y, en muchos casos no tienen la capacidad económica para implementar este tipo de tecnologías en sus instalaciones.
  • Cristian Acosta coinciden en que el cumplimiento de tener un registro de las horas que trabaja cada empleado es uno de los retos más grandes que tendrá la reforma, pues la Secretaría del Trabajo deberá supervisar y vigilar que se estén respetando el número de horas correspondientes o, en su caso, que se pague correctamente por las horas extraordinarias.

“En México muchas empresas ven las jornadas largas como parte del trabajo o signo de compromiso; se espera que los empleados culminen tareas sin importar el horario, además quedarse más tiempo se asocia con lealtad, pero muy pocas veces las horas extras se remuneran como establece la ley”, concluye Gilberto Chávez. /PUNTOporPUNTO

Documento Íntegro a Continuación:

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/66/2/2026-02-11-1/assets/documentos/Dictamen_Jornada_Laboral_11022026.pdf

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