SAT no dio nombres de quienes se condonó recargos en Oaxaca

AIDA RAMIREZ MARIN

En 2013, al menos dos mil 67 contribuyentes, establecidos en el estado de Oaxaca, les fueron condonados 379 millones de pesos.

Lo anterior se desprende de información que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a un particular, pero quien además había solicitado la justificación y nombres de quienes fueron beneficiarios con la condonación de contribuciones federales, cuotas compensatorias, actualizaciones y recargos, así como multas por incumplimiento de obligaciones fiscales, durante 2013, en el estado de Oaxaca.

El SAT indicó que la información, al nivel de detalle requerido, se encontraba reservada por un periodo de 12 años, por ubicarse en el supuesto del secreto fiscal.

Por ello, una vez más, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó al organismo tributario dar a conocer toda la información que el particular le solicitó, respecto al estado de Oaxaca.

Se indicó que con la entrada en vigor de la reforma al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF), a parir del 1º de enero de este año, aplica la excepción a la reserva al secreto fiscal respecto de los supuestos señalados, tanto a personas morales como físicas, siempre y cuando éstos se hubieren presentado con posterioridad a dicha fecha.

Inconforme con la respuesta del SAT, la particular presentó un recurso de revisión ante el IFAI, que se turnó al comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, en el que manifestó que se le negó su derecho de acceso a la información.

En alegatos, el SAT reiteró su respuesta inicial y afirmó que la difusión de la información solicitada vulneraría los derechos de los contribuyentes.

Precisó que, de acuerdo con la reforma, es a partir de enero de este año que se encuentra obligado a publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y clave del RFC de los contribuyentes con créditos condonados.

En el análisis del caso, Acuña Llamas dijo que existe un interés público que debe predominar sobre la privacidad a la que alude el CFF.

Apuntó, que si bien la condonación de créditos fiscales es un acto discrecional del SAT, ello no implica que sea arbitrario y contrario a la Ley, ya que la transparencia de la gestión de la autoridad fiscal, no implica simplemente el acceder a documentos, sino también dar explicaciones de los actos de los órganos del Estado, es decir, una rendición de cuentas a la sociedad.

El comisionado insistió que es de interés público conocer la información relacionada con la condonación de créditos fiscales, identificando aquellos contribuyentes que recibieron el beneficio pues el costo de esos recursos los absorbe el Estado y también todos los contribuyentes.

Además, precisó el comisionado, la difusión de la información, al transparentar la gestión del sujeto obligado daría certeza a los contribuyentes de que son tratados en igualdad de circunstancias, que las autoridades fiscales se sujetan a lo previsto en la Ley y que no existen favoritismos.

Y por el contrario, advirtió, el negar el acceso a la información solicitada propiciaría que el SAT no rindiera cuentas de sus actos, lo que resulta contrario a los objetivos de la Ley, correspondientes a la transparencia en la gestión pública y la rendición de cuentas.

De ahí que el comisionado Francisco Javier Acuña propuso y el Pleno del IFAI así lo aprobó, se revocó la clasificación e instruyó al SAT dar a conocer los montos condonados bajo la hipótesis prevista en el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, en el estado de Oaxaca, señalando el nombre de los beneficiarios y la justificación o motivación por la que se otorgó el beneficio.

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