DIPUTADOS y SENADORES en la chorcha; incumplen en subsanar OMISIONES LEGISLATIVAS

El Congreso emitió una primera Ley General de Comunicación Social, que fue impugnada por insuficiente y, en septiembre del año pasado la SCJN dio una nueva sentencia al señalar que esta norma no esclarece los criterios para asignar la publicidad oficial

Las Cámaras de Diputados y Senadores han incumplido con más de media docena de sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en las que se les ordenó subsanar omisiones legislativas, desde la publicidad oficial y la consulta indígena hasta el uso de la fuerza pública. En la mayoría de los casos se trata de asuntos que el Congreso de la Unión incumplió con plazos que él mismo fijó.

  • La primera vez que el máximo tribunal emitió una sentencia así fue el 15 de noviembre de 2017, cuando se ordenó al Poder Legislativo expedir una ley que regulara la publicidad oficial, en cumplimiento del plazo que los propios legisladores pusieron al aprobar, en febrero de 2014, la reforma constitucional en materia de libertad de expresión.
  • Fuera del plazo, el Congreso emitió una primera Ley General de Comunicación Social, que fue impugnada por insuficiente y, en septiembre del año pasado la SCJN dio una nueva sentencia al señalar que esta norma no esclarece los criterios para asignar la publicidad oficial, por lo que debía remediar la omisión a más tardar el 8 de abril.
  • Otro caso es sobre el consumo lúdico de la mariguana. Desde junio de 2018 la Corte notificó a ambas cámaras que había jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad de prohibir el uso de la hierba. Este aviso se hizo con el fin de que reformaran la Ley General de Salud, al eliminar cualquier castigo por esta práctica.

Sin embargo, no se ha hecho, por lo que en junio del año pasado los ministros emitieron la declaratoria general de inconstitucionalidad que borró de la ley cualquier castigo por consumir mariguana con fines recreativos, pero permanecen lagunas legales que hacen casi imposible de ejecutarlo, pues no hay normas sobre su producción y comercio.

El 10 de junio de 2020 la segunda sala señaló otra omisión al no emitirse una ley sobre consulta indígena, por lo que violó la Constitución y también el compromiso adquirido por el Estado mexicano al firmar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

  • En los pasados 12 meses, la Corte ha emitido sentencias que denuncian las omisiones legislativas sobre la falta de un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, una norma sobre la objeción de conciencia para el personal de salud, reformas a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la obligación de emitir una Ley General de Aguas, pendiente desde 2012.

La Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional establece que si no se cumple una sentencia de la SCJN se debe turnar el asunto al ministro ponente para que elabore un proyecto sobre las sanciones que se deben aplicar./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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