La iniciativa presidencial que propone que las Fuerzas Armadas regulen la inversión extranjera directa fue turnada a comisiones del Senado de la República.
La Mesa Directiva remitió la iniciativa a las Comisiones Unidas de Economía y de Estudios Legislativos Primera para su análisis y posterior dictaminación.
- La propuesta pretende ampliar la integración de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras con la incorporación de los titulares de las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, Defensa Nacional y Marina.
También se establece que, cuando se analicen asuntos de seguridad nacional, participen permanentemente, con voz, pero sin voto, la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera; y que, además, podrá convocarse extraordinariamente a el o la titular de la Presidencia de la República.
- De acuerdo con el proyecto, la Comisión deberá presentar al Congreso un informe semestral sobre su gestión en materia de seguridad nacional y podrá comparecer ante las comisiones competentes. Asimismo, se incorpora entre los criterios para evaluar inversiones, la existencia de riesgos o amenazas a la seguridad nacional.
- Con los cambios además se crea un nuevo Título Sexto Bis, «De la Seguridad Nacional en las Inversiones Extranjeras», para someter a escrutinio determinadas operaciones.
De igual forma, se crea un procedimiento especial de escrutinio de seguridad nacional para determinadas inversiones extranjeras que impliquen una participación superior al 49 por ciento del capital social de una sociedad mexicana y superen el monto que determine la Comisión.
Lo anterior, particularmente en sectores como infraestructura estratégica, tecnologías críticas y de doble uso, insumos fundamentales, seguridad alimentaria y acceso a información sensible.
- La iniciativa también faculta a la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras a resolver en tres sentidos: autorizar la adquisición por inexistencia de riesgos; condicionarla a medidas de mitigación; o impedirla por razones de seguridad nacional.
- Y establece que, al tratar asuntos de seguridad nacional, las personas integrantes de la Comisión no podrán abstenerse de votar y las decisiones se tomarán por mayoría.
Se actualiza y amplía el régimen de sanciones, expresadas en Unidad de Medida y Actualización (UMA); además, se incorporan multas específicas por transmitir participaciones accionarias pese a una negativa de autorización o sin resolución favorable, así como por incumplir las medidas de mitigación impuestas por la Comisión./CONGRESO-PUNTOporPUNTO























