CONSULTORÍA VINCULADA a la familia LOZOYA recibió Contrato de 29.3 MDD por un TRABAJO que NO REALIZÓ

El juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México de México desechó de plano la solicitud de amparo interpuesta por Gilda Susana Lozoya Austin, contra la orden de aprehensión que se libró el 4 de abril

La Fiscalía General de la República (FGR) indaga el pago de 29.3 millones de dólares del gobierno federal de Enrique Peña a la consultora BAIN & Company México, de la cual era parte Gilda Susana Lozoya Austin, hermana del entonces director de Pemex.

  • Además del conflicto de interés, la pesquisa acredita que los supuestos servicios prestados no fueron comprobados.

De acuerdo con la indagatoria, a la que tuvo acceso el diario REFORMA, el millonario contrato se firmó entre la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la consultora mediante una adjudicación directa otorgada el 27 de octubre de 2015.

  • BAIN & Company México debía elaborar el programa de transformación de la CFE, incluido el modelo operativo, plan de inversiones, estrategia de financiamiento y plan de negocios 2016-2020.
  • La oferta de BAIN, propuesta originalmente en 28.8 millones de dólares, incluía 29 productos y 76 asesores, incluida la hermana del entonces director de Pemex, Emilio Lozoya.

«En el listado de 76 asesores expertos ofertados, BAIN incluyó y se le aprobó la participación de Gilda Susana Lozoya Austin, con lo que se actualizaba un supuesto conflicto de interés por ser pariente consanguíneo de Emilio Lozoya Austin, director general de Pemex, lo cual era suficiente motivo para desechar su oferta», dice la denuncia de la CFE ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

La dirección Corporativa de Negocios Comerciales de la CFE reportó que no existe evidencia de la implementación y funcionalidad de los productos pagados y que ni siquiera hay documentos que comprueben su entrega.

  • Actualmente la hermana de Lozoya es prófuga de la justicia por una orden de aprehensión librada en su contra por lavado de dinero, ya que supuestamente fue beneficiaria de los sobornos que cobró el ex director de Pemex a Odebrecht.
  • La indagatoria implica tanto a ejecutivos de BAIN & Company México como a directivos de de la CFE como Guillermo Turrent Schnaas, ex director de Modernización, y Javier Gutiérrez Becerril, ex subdirector de Modernización, debido a que la auditoría realizada al contrato, incluida en el expediente, reveló una tendencia a favorecer a la firma trasnacional sobre otras que ofrecían mejores condiciones.

En la denuncia se hizo notar que de los 76 expertos o asociados comprometidos en el proyecto, se registró la asistencia de solo 44 de ellos, pero que otras 72 personas no consideradas en el contrato asistieron a las instalaciones y tuvieron acceso a información privilegiada e instalaciones estratégicas de la CFE sin ser supervisadas por los administradores del contrato.

Desechan recurso de hermana de Lozoya contra orden de captura

El juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México de México desechó de plano la solicitud de amparo interpuesta por Gilda Susana Lozoya Austin, contra la orden de aprehensión que se libró el 4 de abril por su presunta responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa, relacionado con el caso de Agronitrogenados. Asimismo, advirtió que venció el plazo de cinco días para que la promovente interpusiera un recurso de queja.

  • La hermana del ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya, interpuso la demanda de garantías el 12 de mayo y señaló como autoridad responsable al juez de control con residencia en el Reclusorio Norte, José Artemio Zúñiga Mendoza.
  • Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), se beneficiaria de los 3.2 millones de dólares que su hermano recibió como soborno por parte del empresario Alonso Ancira, para que Pemex adquiriera con sobre precio, la planta Agronitrogenados.

Sin embargo, la juez Luz María Ortega Tlapa, titular del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en materia Penal, desecho de plano el recurso, pues argumentó que la demanda tiene relación con otro juicio de amparo que promovieron sus abogados contra actos del mismo impartidor de justicia el cual está pendiente por resolverse.

“De lo expuesto se constata que existe identidad entre el juicio de amparo en el que se actúa y el diverso de este índice, respecto de los actos reclamados, quejoso y autoridad responsable”, por ello la juez señaló que de acuerdo con la fracción décima del artículo 61 de la Ley de Amparo, “prevé la causal de improcedencia que consiste en que el juicio de amparo se torna improcedente contra actos que sean materia de otro juicio de amparo pendiente de resolución, promovido por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por el propio acto reclamado, aunque las violaciones constitucionales sean diversas”.

Precisó que lo anterior no constituye una denegación de justicia. “En efecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que para que exista un recurso efectivo, debe ser idóneo para determinar si se ha incurrido en una violación a los derechos humanos y establecer lo conducente para remediarlo; pero en el derecho interno existen condiciones que deben observarse para garantizarlos, como criterios de admisibilidad del recurso o relativos al estudio de fondo del mismo, porque por seguridad jurídica, es dable establecerlos para una correcta y funcional administración de justicia y consecuente protección de derechos; sin que ello implique una violación al derecho de acceso a un recurso judicial efectivo”.

Por tanto, agregó la juez, el incumplimiento de las condiciones necesarias para que las autoridades jurisdiccionales analicen el fondo de los argumentos propuestos por las partes, no constituye, en sí mismo, una denegación de justicia, máxime que permitir el acceso en todo momento al juicio de amparo, generaría inseguridad jurídica en detrimento del propio derecho fundamental de acceso a la justicia./Agencias-PUNTOporPUNTO

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