El SALARIO PRIVILEGIADO de los ministros de la SCJN

Los 11 ministros de la Suprema Corte tienen un ingreso mensual de entre 138 mil 587 y 347 mil 496 pesos netos

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Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tienen un salario privilegiado entre la élite política mexicana e incluso, entre sus homólogos a nivel internacional. Pero además de sus haberes, el Máximo Tribunal de México les concede lujos pagados con el erario público, en un país en que hay (2016) 21.4 millones de personas con ingresos mensuales insuficientes para cubrir el costo de la canasta alimentaria.

En el Pleno de la SCJN, el retrato del Presidente Benito Juárez cuelga rodeado de las palabras “La Patria es primero” y “El respeto al derecho ajeno es la paz”. La sala es un espacio en que los magistrados deciden sobre la interpretación de la ley, el destino de la República Mexicana. La responsabilidad no es menor y justifica el costo de los funcionarios que defienden la Constitución. Aunque si el derecho es exclusivo, en su comisión excesiva existe un privilegio.

Los 11 ministros de la Suprema Corte tienen un ingreso mensual de entre 138 mil 587 y 347 mil 496 pesos netos, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de 2019 y lo establecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF: 26/02/2019).

Esta cantidad es siete a 17 veces superior al salario máximo mensual (20 mil pesos) del 83 por ciento (1.3 millones) de los funcionarios públicos del Gobierno federal, así como entre nueve y 113 veces el ingreso de los 42.1 millones de mexicanos que ganan de uno a cinco (de tres a 15.4 mil pesos) salarios mínimos mensuales, según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

La diferencia salarial entre magistrados parte de una reforma (2009) al Artículo 127 Constitucional, para que ningún funcionario pudiera tener ingresos mayores a los del Presidente de la República. Sin embargo, como la Ley no es retroactiva según el Artículo Tercero Transitorio constitucional, los magistrados que ingresaron a la SCJN antes de 2010 (Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea) conservaron su último salario.

Asimismo, aquellos que ingresaron a laborar entre 2010 y 2018 (Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Eduardo Tomás Medina Mora, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Norma Lucía Piña Hernández) retuvieron su ingreso inicial, pese a la entrada en vigor (2019) del nuevo manual de remuneraciones que establece un salario menor para los nuevos ministros (Yasmín Esquivel Mossa y Juan Luis González Alcántara Carrancá).

  • Las prestaciones y beneficios sociales de los ministros refuerzan su salario, de modo que pueden llegar a tener ingresos brutos mensuales (de 210 mil 283 a 419 mil 192 pesos) entre tres y 46 puntos porcentuales por encima de su ingreso neto. Así, sus percepciones equivaldrían de 13.3 a 26.5 veces el Producto Interno Bruto (PIB) per capita de México (189 mil 800 pesos por persona).

Es decir que los magistrados tienen un valor productivo proporcional muy superior al que tiene la mayor parte de la población mexicana; y superior también al de sus homólogos de Colombia (que ganan 19.1 veces el PIB per capita de su país), Brasil (18), Australia e Inglaterra (ocho cada uno), además de los de Canadá (7.9), Argentina (6.9), España (5.1), Suiza (4.7), Estados Unidos (4.4) y Alemania (4.2), por mencionar algunos ejemplos.

Incluso los “trabajadores de mando superior” –como los ministros– del máximo tribunal mexicano pueden pensionarse después de laborar durante un mínimo de 25 años y tras haber cumplido la edad de 65 años. El monto de su pensión varía de acuerdo con la edad y los años trabajados, pudiendo recibir de manera vitalicia, entre el 45 y el 80 por ciento de su último salario percibido, de acuerdo con el tabulador del apartado “C” del Artículo 30 de las “Condiciones Generales de Trabajo del Personal de Confianza” de la SCJN.

En el caso de los mandos medios y del personal operativo, la normatividad establece rangos pensionables de la mitad a la totalidad del último ingreso, con el requerimiento de haber laborado por al menos 30 años y contar con 60 años de edad. Además, en todo caso, la familia de los mandos alto y medio fallecidos, con al menos 15 años en funciones, puede recibir entre el 40 y el 50 por ciento del más reciente salario de su familiar./VANGUARDIA-PUNTOporPUNTO

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