Prodecon asesorará a contribuyentes que decidan ampararse por reforma fiscal de 2013

AIDA RAMIREZ MARIN

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dijo que proporcionará asesoría a los causantes que decidan presentar un amparo en contra del límite a las deducciones personales, que aprobó el Congreso de la Unión en la reforma fiscal de 2013.

Y es que señaló que el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que se aprobó hace poco más de un año, es violatorio de los derechos fundamentales de las personas, como lo son el mínimo vital y las garantías constitucionales de proporcionalidad y equidad.

Observó que dicho artículo establece un tope a las deducciones personales de los contribuyentes, quienes sólo podrán deducir la cantidad que resulte menor entre el 10 por ciento de sus ingresos anuales o cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica respectiva, esto es, 93 mil 104.20 o 98 mil 243.40 pesos.

Lo anterior, consideró el ombudsman del contribuyente, resulta regresivo para los pagadores de impuestos más vulnerables, quienes tienen ingresos más reducidos.

Observó que en muchos casos se trata de padres de familia o personas de la tercera edad que no cuentan con seguridad social, pues no gozan de un salario fijo.

De ahí que “tienen que hacer erogaciones para atender las contingencias médicas y hospitalarias tanto suyas, como de sus hijos y cónyuge; además están pagando, con grandes esfuerzos, intereses por la adquisición de su vivienda.

“De esta manera, todos esos gastos sólo podrán deducirlos hasta el 10 por ciento de sus ingresos”, señaló.

La Prodecon recordó que las deducciones de las personas físicas son un mecanismo de aminoración del impuesto que tiene como intención reconocer que los individuos destinan una cierta cantidad de sus recursos a la satisfacción de necesidades básicas, tanto personales como familiares.

Explicó que las deducciones personales permiten apreciar en forma real las circunstancias económicas del contribuyente, por lo que la limitación al 10 por ciento distorsiona su capacidad contributiva y afecta su mínimo vital.

Por ejemplo, si dos personas tienen una urgencia médica que les cuesta, a cada una de ellas, 50 mil pesos, pero uno de esos contribuyentes sólo tiene ingresos anuales por 200 mil pesos y el otro los tiene por un millón; el más necesitado, es decir, el que gana 200 mil, sólo podrá deducir 20 mil de los 50 mil gastados.

Sin embargo, el contribuyente que tiene un millón de pesos de ingresos, al poder deducir el tope máximo que permite la ley, de 98 mil 243.40, podrá deducir el total de ese gasto por 50 mil, y aún hacer deducciones por 48 mil pesos más, “lo que la Prodecon estima regresivo, desproporcional e inequitativo”.

En ese contexto, la instancia subrayó que no centrará su atención en contribuyentes con ingresos anuales, iguales o superiores a 931 mil 042.00 o 982 mil 434.00 pesos, pues éstos pueden deducir hasta 93 mil 104.20 o 98 mil 243.40 pesos.

Consideró que, “lo verdaderamente inadmisible es que esta reforma fiscal perjudique a quienes menos tienen”, y manifestó su preocupación por grupos vulnerables de pagadores de impuestos, por lo que exhortó a las personas físicas que se encuentren en esta situación, a contactar a la Prodecon a la brevedad y antes de presentar la Declaración Anual de 2014, para que sean asesoradas de forma gratuita y, en su caso, presentar el amparo respectivo.

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