TRIBUNAL ELECTORAL ratifica la orden que dio el INE a MORENA para que se ABSTENGAN de realizar actos de PROPAGANDA

El Tribunal Electora federal (TEPJF) confirmó este lunes el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual ordenó a las “corcholatas” de Morena (Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard y Adán Augusto López) se abstengan de realizar eventos para solicitar apoyo a sus eventuales precandidaturas dentro del proceso electoral 2023-2024 en el que se elegirá presidente de la República.

  • En sesión privada y por mayoría, con los votos en contra de la y los magistrados Mónica Soto, Indalfer Infante y José Luis Vargas, la Sala Superior del TEPJF también ratificó la orden que el INE le dio al partido Morena para conminar a su militancia y simpatizantes a que se abstengan de realizar, participar y asistir a eventos, o distribuir propaganda, en los que se promocione a las “corcholatas” con motivo del citado proceso electoral.

Tanto el INE como el TEPJF, consideraron que, a partir del contexto actual, es posible suponer que con la realización de dichos actos, se presentaría un posible daño a los principios de certeza y equidad en la contienda, por actos que pueden implicar un posicionamiento de las “corcholatas” frente a la ciudadanía.

INE dicta medidas cautelares a ‘corcholatas’ presidenciales de Morena
El fin de semana pasado el INE otorgó las medidas cautelares solicitadas por Jorge Álvarez Máynez, diputado de Movimiento Ciudadano (MC), y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra de la participación de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard y Adán Augusto López, en eventos celebrados en distintas entidades del país.

MC y PRD consideraron que, en los actos llevados a cabo en Baja California Sur, Coahuila, Oaxaca y Sonora, las “corcholatas” morenistas aludieron a los logros del Gobierno Federal y a los éxitos en el desempeño de sus propias funciones.

Además, se denunció que la y los entonces funcionarios públicos solicitaron el apoyo a favor de sus eventuales precandidaturas utilizando las frases: “Es Claudia”, “Con Marcelo Sí” y “Ahora es Adán”.

A partir de esos hechos, se alegó la existencia de promoción personalizada, el uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña.

  • Al respecto, el INE otorgó las medidas cautelares antes citadas, en su vertiente de tutela preventiva, con el fin de que las personas denunciadas se abstengan de realizar los actos denunciados.

Estimó que, de forma preliminar, se encontraba frente a conductas posiblemente ilegales que deben evitarse para garantizar los derechos y principios constitucionales en materia electoral, antes del inicio del proceso electoral federal 2023-2024.

‘Corcholatas’ de Morena responde al acuerdo del INE

La decisión del TEPJF de ratificar las medidas cautelares del INE se dio como parte de las quejas que presentaron Morena, Claudia Sheinbaum, Adán Augusto López y el propio Jorge Álvarez Máynez contra el acuerdo del INE.

  • Los tres primeros sostuvieron, entre otras cosas, que el proceso federal no ha iniciado por lo que no se puede analizar la posibilidad de emitir medidas cautelares relacionadas con actos anticipados de precampaña o campaña; también acusaron que el INE no realizó un análisis contextual correcto.

En tanto, Álvarez Máynez estimó que las medidas debieron vincular tanto a Morena como al resto de las personas denunciadas, es decir, a las “corcholatas” Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard y Adán Augusto López.

La Sala Superior del TEPJF determinó que las medidas cautelares se debían confirmar, pues las conductas denunciadas sí se pueden analizar de forma preliminar con el fin de determinar si existe algún riesgo de daño a los principios constitucionales que rigen el proceso electoral, con independencia de que no haya iniciado este.

Además, sostuvo que el INE sí puede valorar las circunstancias que consten en otras quejas, de manera preliminar, con el fin de construir un contexto y lograr un estudio integral de las quejas que se le presenten.

  • Por último, en cuanto a la medida de vincular únicamente a Morena, la Sala Superior consideró que fue correcta pues la intención es evitar que los posibles aspirantes se promocionen con el fin de obtener la candidatura de ese partido, para el proceso electoral federal siguiente.

Por tanto, eso se logra a través de la imposición de límites al partido político que, en su caso, postularía a las candidaturas./Agencias-PUNTOporPUNTO

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